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Ley
Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal
Artículo
20

Artículo 20 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El personal de los Centros de Asistencia y Cuidado Infantil (CACI) debe seguir estas reglas en caso de emergencias: cada tres meses tienen que hacer un simulacro, o sea, una práctica de cómo reaccionarían ante un peligro, imaginando distintas situaciones como un incendio o un sismo, y todos los que normalmente están en el edificio deben participar. También deben platicar con los niños y trabajadores para explicarles qué hacer en una emergencia. Además, tienen que planear quién hará cada cosa cuando pase algo, como decidir quién va a llamar a los bomberos o a la ambulancia.

Texto oficial

ARTÍCULO 20.- El personal de los CACI, en el caso de contingencias deberán observar las medidas siguientes: Establecer como política que al menos una vez cada tres meses se realice un simulacro con diferentes hipótesis, con participación de todas las personas que ocupen regularmente el edificio; Programar sesiones informativas con objeto de transmitir a los ocupantes las instrucciones de comportamiento frente a situaciones de emergencia, y Planificar las acciones y actividades de los ocupantes vinculadas a situaciones de emergencia, determinando quien hará el aviso a los servicios de emergencia exteriores.

Ver texto oficial de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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