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Ley
Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Ciudadana de la CDMX
Artículo
38

Artículo 38 de la Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Ciudadana de la CDMX

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México debe firmar acuerdos con el gobierno federal, los estados vecinos y los municipios cercanos para que todos usen los mismos equipos, sistemas tecnológicos, programas y políticas de seguridad. Esto lo harán siguiendo las reglas del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que es la organización que coordina la seguridad en todo el país. Además, se buscará que esos equipos y sistemas sean compatibles con la información de las bases de datos de la zona metropolitana y de todo México. En pocas palabras, quieren que todas las autoridades de seguridad trabajen con la misma tecnología y compartan información de manera uniforme.

Texto oficial

Artículo 38.- El Gobierno de la Ciudad de México promoverá la suscripción de los convenios necesarios con la Federación, Estados y Municipios colindantes a efecto de unificar sus equipos y sistemas tecnológicos así como sus programas y políticas de utilización de los mismos, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Párrafo reformado G.O. CDMX 27/08/25 Asimismo, se procurará que estos equipos y sistemas tecnológicos se homologuen con las bases de datos metropolitanas y nacionales que se establezcan en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Ver texto oficial de la Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Ciudadana de la CDMX (pág. 1) ↗

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