- Ley
- Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
- Artículo
- 12
Artículo 12 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Obras y Servicios y las delegaciones (que ahora son las alcaldías) tienen la obligación de crear, llevar a cabo y revisar los planes de limpieza que les tocan. Estos planes deben seguir lo que dice el Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos (un plan general para manejar la basura), además de lo establecido en esta ley, su reglamento y otras reglas aplicables. Cuando hagan estos planes, las autoridades deben invitar a la ciudadanía a participar y dar su opinión. En pocas palabras, el gobierno debe planear la limpieza conforme a las reglas, y también tomarte en cuenta a ti como habitante.
Texto oficial
Artículo 12.- La Secretaría de Obras y Servicios y las delegaciones formularán, ejecutarán y evaluarán los programas correspondientes a la prestación de los servicios de limpia de sus respectivas competencias con base en el Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos, así como en las disposiciones que establecen esta Ley, su reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. En la elaboración de los programas a los que se refiere el presente Capítulo, las autoridades competentes promoverán la participación de la sociedad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.