Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica para toda la Ciudad de México y es obligatoria para todas las personas. Su objetivo es organizar cómo se maneja la basura que no es peligrosa, como los residuos de tu casa o negocio. También regula el servicio de limpia, que es la recolección de basura que hace el gobierno. En pocas palabras, busca que todo mundo sepa cómo separar, reciclar y deshacerse de su basura sin causar problemas.
- Art. 2El Artículo 2 quiere decir que, si esta ley no tiene una regla clara para alguna situación, entonces se pueden usar las reglas que estén en otras leyes, reglamentos o normas que tengan que ver con el mismo asunto. Es como cuando armas un mueble y el instructivo no explica un paso, pero las reglas generales para armar muebles te ayudan a resolverlo. En pocas palabras, sirve para llenar los vacíos de esta ley con lo que digan otras leyes relacionadas.
- Art. 3**Acopio:** Juntar basura en un lugar específico y adecuado para después recogerla, tratarla o deshacerse de ella. **Almacenamiento:** Guardar la basura por un tiempo en botes o contenedores antes de que la recojan, la traten o la tiren definitivamente. **Almacenamiento selectivo o separado:** Poner la basura en diferentes contenedores según su tipo (como orgánico, plástico o vidrio). **Aprovechamiento o valorización:** Hacer que los materiales de la basura vuelvan a usarse, por ejemplo, reparándolos, reciclándolos o reprocesándolos, para que no se desperdicien y sigan siendo útiles en la economía. **Biodegradable:** Material que se descompone naturalmente por acción de microorganismos y se convierte en cosas como dióxido de carbono o agua. **Biogás:** Gases que se producen cuando los microorganismos descomponen materia orgánica. **Biopolímero:** Material hecho de recursos naturales como plantas o animales (ejemplo: almidón) que normalmente se descompone fácilmente, aunque no siempre. **Centros de acopio:** Lugares autorizados donde reciben y guardan temporalmente residuos de construcción para después recuperarlos, reciclarlos o tratarlos adecuadamente. **Composta:** Abono orgánico que se obtiene al descomponer restos de comida o plantas. **Compostable:** Material que se descompone al menos un 90% en 6 meses si está en un ambiente con mucho oxígeno o en contacto con otros materiales orgánicos. **Composteo:** Proceso donde los microorganismos descomponen la materia orgánica con oxígeno para hacer composta. **Consumo Sustentable:** Com
- Art. 4Este artículo dice quiénes se encargan de hacer cumplir esta ley. Las autoridades responsables son: la persona que gobierna la Ciudad de México, es decir, el o la Jefa de Gobierno; la Secretaría (seguro se refiere a una dependencia específica de la ciudad); la Secretaría de Obras y Servicios; la Secretaría de Salud; la Procuraduría (que es como la oficina de abogados del gobierno); y las Alcaldías, que son los gobiernos de cada zona de la ciudad. Cada una de estas autoridades tiene tareas diferentes según lo que marca la ley y su reglamento.
- Art. 5El o la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México es quien se encarga de que funcione el servicio de limpia (como la recolección de basura), y para eso usa las áreas del gobierno que la ley señala. También tiene que aprobar el plan para manejar todos los residuos (la basura y desechos), siguiendo las reglas de planeación de la ciudad. Puede hacer nuevos reglamentos para aplicar esta ley y firmar acuerdos con el gobierno federal, otros estados o municipios sobre el manejo de la basura. Además, puede proponer cuánto se debe pagar por el servicio de limpia, según lo que diga el Código Fiscal de la ciudad.
- Art. 6Este artículo le dice las tareas que tiene la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México para manejar la basura. Básicamente, debe asegurarse de que se sigan las reglas para tratar los residuos sólidos, como la basura de las casas. También tiene que hacer un plan para manejar la basura, coordinarse con otras dependencias como Obras y Servicios, y llevar un inventario de dónde sale la basura y qué tipo es. Además, puede promover nuevas tecnologías para reciclar o reducir la contaminación, y firmar acuerdos con empresas o grupos para cumplir con estas metas. Por último, debe crear sistemas para saber de dónde viene la basura, cómo se transporta y a dónde va a parar al final.
- Art. 7La Secretaría de Obras y Servicios es la encargada de planear y controlar todo el servicio de limpia: barrer y recoger basura en avenidas principales, llevarla a estaciones de transferencia, tratarla y finalmente deshacerse de ella. También debe crear y vigilar un programa especial para que estos servicios funcionen bien, siguiendo las reglas del plan general de manejo de basura. Puede hacer obras de limpia que abarquen varias alcaldías o que requieran mucha técnica, y decide las normas para construir y mantener instalaciones como plantas de reciclaje o basureros. Además, puede otorgar concesiones a empresas para dar el servicio, y se encarga de inspeccionar, sancionar y restaurar suelos contaminados por la basura, así como coordinar el traslado de residuos con otros estados.
- Art. 8La Secretaría de Salud de la Ciudad de México es la encargada de prevenir que el manejo de la basura (como guardarla, tratarla y deshacerse de ella) no provoque enfermedades o daños a la gente. Para lograrlo, puede dar recomendaciones y, junto con la Secretaría de Salud federal y la Secretaría de Obras y Servicios, decidir qué medidas aplicar para controlar los riesgos. Es decir, entre las tres dependencias se coordinan para evitar que los residuos sólidos afecten tu salud.
- Art. 9La Procuraduría es la encargada de recibir las quejas que tú o cualquier persona le presenten cuando alguien viole o no cumpla con lo que dice esta Ley. Una vez que recibes tu denuncia, ellos tienen que darle seguimiento conforme a las reglas de su propia Ley Orgánica. Esto significa que la Procuraduría está obligada a atender tu queja y hacer algo al respecto según su propio reglamento interno. No importa quién seas, cualquier ciudadano puede presentar una denuncia si nota que no se está respetando esta Ley.
- Art. 10Las Alcaldías deben hacerse cargo de todo lo relacionado con la limpieza en tu colonia. Esto incluye barrer las calles secundarias y áreas comunes, recoger la basura, y llevarla a los lugares donde se procesa o se entierra. También tienen que acabar con los basureros clandestinos y enseñar a la gente a separar la basura, reciclar y reusar los residuos. Además, son responsables de poner los botes de basura en espacios públicos y mantenerlos en buen estado. La Alcaldía debe escuchar las quejas de los vecinos sobre el servicio de limpia y resolverlas rápido. También puede pedirle permiso al gobierno central para darle una concesión o permiso a una empresa privada para que ayude con la recolección de basura.
- Art. 10 BisEl artículo dice que el Jefe de Gobierno va a crear un grupo especial llamado la Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos. Este grupo está formado por varias dependencias del gobierno, como Medio Ambiente, Obras, Salud, Finanzas y Educación, y se encarga de coordinar y vigilar todo lo relacionado con la basura en la Ciudad de México. La comisión decide cómo se manejan los residuos desde que se generan hasta que se desechan, y puede invitar a expertos, escuelas u organizaciones a dar su opinión, pero sin derecho a votar. Si el Jefe de Gobierno no puede asistir a las reuniones, alguien más lo reemplaza como presidente del grupo.
- Art. 11La Secretaría, junto con la Secretaría de Obras y Servicios y las delegaciones, va a crear y checar un plan para manejar toda la basura. Este plan incluye reglas, acciones y metas para reducir, reusar y reciclar los residuos, separarlos desde tu casa, y recogerlos y transportarlos por separado. También busca que menos basura termine en los tiraderos y que, si hay pruebas de que ciertos residuos pueden dañar tu salud o el ambiente, se tomen medidas para evitarlo. Quiere que se construya la infraestructura necesaria (como plantas de reciclaje o rellenos sanitarios) para manejar los residuos de forma que no contaminen. Además, promueve que todos aprendamos sobre el manejo de la basura, y que los productores, distribuidores y consumidores compartan la responsabilidad de reducirla y pagar por su manejo. Incluso se plantea que, para productos o envases que generan mucha basura, se usen sistemas como el depósito-retorno (donde te devuelven dinero por entregar el envase) para que se reutilicen. Por último, busca que la información sobre el manejo de residuos esté disponible para tomar mejores decisiones, y que se evite tirar o juntar basura en lugares no autorizados.
- Art. 11 BisEl Artículo 11 Bis fue eliminado de la ley. Ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso.
- Art. 12La Secretaría de Obras y Servicios y las delegaciones (que ahora son las alcaldías) tienen la obligación de crear, llevar a cabo y revisar los planes de limpieza que les tocan. Estos planes deben seguir lo que dice el Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos (un plan general para manejar la basura), además de lo establecido en esta ley, su reglamento y otras reglas aplicables. Cuando hagan estos planes, las autoridades deben invitar a la ciudadanía a participar y dar su opinión. En pocas palabras, el gobierno debe planear la limpieza conforme a las reglas, y también tomarte en cuenta a ti como habitante.
- Art. 13El Artículo 13 dice que la Secretaría de Obras y Servicios, cuando haga su plan para el servicio de limpia (como la recolección de basura), debe seguir varias reglas. Estas reglas incluyen lo que marca esta Ley, su reglamento, las normas oficiales y ambientales de la Ciudad de México, el Programa de Gestión de Residuos, y otros documentos legales. En pocas palabras, la Secretaría tiene que tomar en cuenta todas las leyes y normas que ya existen para asegurarse de que el servicio de limpia se haga bien.
- Art. 14La Secretaría de Obras y Servicios, junto con otras dependencias, va a ofrecer apoyos económicos (como descuentos o dinero) a las personas que ayuden a reducir la basura, reusar cosas o reciclarlas. También van a apoyar a quienes inviertan en tecnología o usen métodos para manejar mejor los residuos sólidos. Esto es para que entre todos cuidemos el ambiente y generemos menos desperdicios.
- Art. 15El artículo 15 dice que, si es posible y no cuesta mucho, la Jefa de Gobierno de la CDMX va a impulsar que se creen mercados especiales para vender o reusar los desperdicios. En estos mercados, los fabricantes, vendedores y consumidores van a participar para darle un nuevo uso a los materiales que se convierten en basura. La idea es que los residuos sólidos, como plásticos o cartón, se aprovechen de nuevo en lugar de tirarlos. Esto aplica solo cuando sea técnicamente realizable y no sea demasiado caro.
- Art. 15 BisLa Secretaría de la CDMX va a poner en marcha un programa donde tú puedas intercambiar tus residuos sólidos (como basura reciclable) por productos del campo, como frutas o verduras, que sean de productores autorizados. Para que esto funcione, va a trabajar con otras dependencias para definir cómo hacerlo, con el objetivo de que se aprovechen mejor los desechos, la gente que participe mejore su economía y se consuma de forma más responsable en la ciudad. Además, la Secretaría tiene que hacer, mantener al día y publicar una lista de los productos que puedes recibir a cambio de la basura que entregues en los puntos que se establezcan.
- Art. 16Este artículo dice que las escuelas y centros educativos que dependen del gobierno de la Ciudad de México, así como las asociaciones o instituciones privadas que estén registradas legalmente, deben crear formas de enseñar a separar la basura (por ejemplo, orgánica e inorgánica) y a darle un segundo uso o reciclaje. Esto aplica tanto para la educación que se da en las aulas como para la que se imparte fuera de ellas, como talleres o cursos. El objetivo es que todos aprendamos a manejar mejor los residuos y a no tirarlos sin cuidado.
- Art. 17La Secretaría y sus delegaciones tienen que hacer campañas seguido en la tele, radio o redes para que aprendas a separar tu basura, reducir cuánta generas y evitar que sea peligrosa. También te tienen que enseñar a darle valor a los residuos, como reciclar o reusarlos. Es obligatorio separar los residuos sólidos, o sea, tus desechos diarios como plásticos, vidrio o comida.
- Art. 18La Secretaría del Medio Ambiente, la Secretaría de Obras y Servicios y las delegaciones de la ciudad tienen la obligación de invitar a todas las personas y grupos de la sociedad a participar en los programas sobre la basura. Para lograrlo, deben apoyar la creación de equipos de trabajo entre diferentes sectores (como vecinos, empresas y escuelas) para diseñar y poner en marcha los programas. También tienen que dar información clara y organizar pláticas, talleres o campañas para enseñar a cuidar el ambiente y manejar la basura de forma correcta. Además, pueden hacer proyectos de prueba que sirvan como ejemplo para mejorar estos programas. Por último, pueden hacer otras actividades que se pongan en el reglamento de esta ley.
- Art. 19Las autoridades que te menciona el artículo 4 de esta ley deben organizar y compartir con toda la gente la información que consiguen cuando hacen su trabajo sobre la basura y la limpieza pública. Esa información la tienen que poner a tu alcance usando los mismos medios que ya marca la Ley Ambiental. Pero ojo, no pueden divulgar datos que estén protegidos por otras leyes, como secretos o información personal. En pocas palabras, el gobierno debe decirte cómo maneja los residuos y la limpia, pero sin violar tu privacidad ni la ley.
- Art. 20La Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México le va a pedir de vez en cuando a la autoridad federal que le comparta toda la información que necesite sobre cómo se manejan y transportan los residuos peligrosos en la ciudad. Esa información la van a guardar en el Sistema de Información Ambiental, que es como un archivo digital donde se registran datos sobre el medio ambiente. Esto es para llevar un mejor control y saber qué pasa con esos residuos que pueden ser dañinos.
- Art. 21Si generas basura o cualquier residuo sólido, tú eres el dueño y responsable de lo que le pase a esa basura, incluyendo cualquier daño que pueda causar. Esta responsabilidad termina hasta que entregues tus residuos al camión de la basura, los metas en los contenedores oficiales o los lleves a un lugar autorizado por el gobierno. En otras palabras, si tiras basura en la calle o la dejas donde no debe, tú pagas los platos rotos.
- Art. 22El artículo dice que, para evitar que se generen muchos residuos sólidos (como basura), y para que se les dé un mejor uso o se manejen adecuadamente, el reglamento va a incluir reglas para hacer planes de cómo manejar esos residuos. También se crearán guías y lineamientos para las personas o empresas que generan mucha basura. Esto aplica solo a quienes producen grandes cantidades de residuos sólidos.
- Art. 23Si fabricas, vendes o distribuyes productos que generan mucha basura (como envases, empaques o artículos que se vuelven residuos especiales), tienes obligaciones extras. Debes crear un plan para manejar esos residuos desde que los produces hasta que se desechan, buscando reducir la basura y reciclar o reusar lo más posible. También tienes que poner sistemas para recuperar o recibir de vuelta los residuos que generan tus productos, y usar envases que se puedan reutilizar o reciclar fácilmente. La ley dirá qué productos específicos entran en esta lista, y además debes cumplir con las normas ambientales oficiales.
- Art. 24Es tu obligación separar la basura en orgánica e inorgánica, y tratar de generar menos residuos. Debes barrer la banqueta de tu casa o negocio todos los días, y mantener limpios los terrenos vacíos que sean de tu propiedad. También tienes que fomentar el reutilizar y reciclar, y si haces una construcción o demolición, entregar los escombros a un servicio autorizado. Además, debes guardar la basura en condiciones higiénicas para que no afecte a los vecinos y, si ves a alguien tirando basura, reportarlo a las autoridades.
- Art. 25Está prohibido tirar basura de cualquier tipo en la calle, parques, barrancas o lugares no autorizados por cualquier motivo. Tampoco puedes poner animales muertos, basura que huela feo o escombros en los botes de basura públicos que son para que la gente tire desperdicios pequeños mientras camina. Quemar basura al aire libre o en lugares no permitidos también está vetado, igual que tirar residuos en terrenos baldíos, ríos, drenajes o fuentes de agua. Además, no puedes andar escarbando en los botes de la calle o en los basureros finales para sacar cosas, ni poner propaganda política o comercial en los contenedores de basura o en el mobiliario urbano. Por último, está prohibido regalar, vender o entregar bolsas de plástico comunes en tiendas (solo las compostables), y también ciertos plásticos de un solo uso como cubiertos, platos, popotes, vasos, charolas, globos, cápsulas de café o productos con microplásticos, a menos que sean compostables o para ayuda médica en el caso de los popotes.
- Art. 26Si eres dueño, director de obra, contratista o encargado de una construcción o demolición, tú y los demás son igualmente responsables si los escombros o residuos se esparcen o se mezclan con basura común o peligrosa. El frente de la obra debe estar siempre limpio y no puedes dejar escombros ni materiales en la calle. Para moverlos, debes usar camiones que eviten que se vayan cayendo por el camino y llevarlos a donde indique el gobierno. Además, necesitas tener un contrato vigente con una planta de reciclaje para tus desechos de obra, y mostrarlo para obtener los permisos. Por último, todos los residuos de construcción, remodelación o demolición deben separarse desde el inicio y manejarse con un plan autorizado por la ley.
- Art. 26 BisSi te dan una bolsa de plástico en una tienda, ya sea gratis o pagando, para llevar tus cosas, esa bolsa debe cumplir con reglas ambientales que están en esta ley. Los fabricantes, vendedores y quienes usan esas bolsas tienen que ayudar a que se reciclen o se aprovechen al máximo, participando en los programas que la autoridad ponga en marcha. El artículo 26 Bis 1 ya no es válido, así que no lo tomes en cuenta.
- Art. 26 TerLa Secretaría (que es la dependencia encargada de estos temas en la Ciudad de México) va a crear sistemas de información para rastrear los residuos de construcción y demolición, como escombro o concreto. Esto quiere decir que se va a poder saber de dónde salen esos residuos, por dónde pasan y a dónde llegan al final. La idea es tener un control claro de todo el camino que recorren estos desechos. Este artículo se agregó oficialmente el 3 de abril de 2023.
- Art. 27La Secretaría tendrá que crear y mantener un listado actualizado de todos los tipos de basura y de dónde vienen (como casas, fábricas o negocios). Ese listado servirá para decidir cómo evitar que se genere tanta basura, cómo controlarla y reducirla. También ayudará a quien maneje la basura (generadores, recolectores o quienes la traten) a saber de qué está hecha y cómo se comporta en el ambiente, para evitar daños. Además, mostrará qué tantos riesgos puede causar a tu salud, al entorno o a los bienes, según su volumen y cómo se maneje. Por último, permitirá identificar qué materiales se pueden aprovechar o reciclar.
- Art. 28Este artículo dice que, para el inventario de basura del que habla el artículo anterior, los residuos sólidos se pueden clasificar según sus características. Por ejemplo, pueden ser basura que no se descompone (inertes), que se pudre (fermentables), que se quema fácilmente (combustibles), que se evapora con facilidad, que se disuelve en agua u otros líquidos, que daña la tierra, que contamina el agua y provoca crecimiento excesivo de plantas acuáticas (como lirio), que permanece mucho tiempo sin degradarse, o que se acumula en los cuerpos de los seres vivos.
- Art. 29El artículo 29 divide la basura en dos tipos para efectos de esta ley. Primero están los residuos urbanos, que son los que generamos en casas, escuelas u oficinas, como restos de comida, envases o papel. Segundo, están los residuos de manejo especial, que no son peligrosos pero por su volumen o características necesitan un trato diferente (como escombros llantas o muebles viejos), y que la Ciudad de México es responsable de controlar.
- Art. 30El artículo 30 dice que los residuos urbanos son la basura que se genera en casas, calles y espacios públicos, como la que menciona otra parte de esta ley. También incluye los desechos que salen de barrer calles, podar árboles o cuidar jardines y parques, según lo que dice la Ley Ambiental. En pocas palabras, es toda la basura común que produces en tu día a día y la que se genera al mantener limpias las áreas verdes de tu ciudad.
- Art. 31El Artículo 31 explica qué residuos se consideran "de manejo especial" en la Ciudad de México, siempre que no sean peligrosos según las leyes federales. Estos incluyen, por ejemplo, desechos de hospitales y clínicas, cosméticos y alimentos caducos de tiendas, residuos de actividades agrícolas o de construcción, llantas viejas, muebles y aparatos electrónicos. El Artículo 32 dice que quienes generen estos residuos, como empresas o comercios, deben hacer un "plan de manejo" aprobado por el gobierno para tratarlos y desecharlos correctamente. Además, la Secretaría del Medio Ambiente hará campañas para que todos ayudemos a reducir este tipo de basura y evitar contaminar.
- Art. 32 BisCuando se construyan o remodelen edificios y obras públicas o privadas en la Ciudad de México, por ley tienes que usar materiales que sean reciclados o que vengan de residuos de construcción y demolición. También estás obligado a juntar y llevar esos residuos (como escombros o cascajo) solo con empresas autorizadas por el gobierno, y siguiendo las reglas ambientales de la ciudad. Esto aplica tanto para obras del gobierno como para las que hace cualquier persona o empresa. La ley se añadió el 3 de abril de 2023.
- Art. 33Tú, como cualquier persona, empresa o institución, tienes que separar tu basura en orgánica (como cáscaras de fruta) e inorgánica (como plásticos o vidrio) desde tu casa, trabajo o escuela. Esta separación debe hacerse siguiendo los tipos de residuos que indica el reglamento de esta ley, y tienes que poner cada tipo en su propio bote para que el camión de la basura los recoja por separado. La idea es que sea más fácil reciclar, tratar o desechar los residuos de forma correcta. Si tienes residuos que se puedan aprovechar, también puedes llevarlos directamente a lugares de reciclaje o reutilización. El reglamento dirá exactamente cómo clasificar la basura según el tipo de lugar o persona que la genera.
- Art. 33 BisLa Secretaría del Medio Ambiente y las Alcaldías tienen la obligación de separar la basura en dos tipos: orgánica (como comida o plantas) e inorgánica (como plástico o vidrio). Además, deben recogerla de forma separada, siguiendo las reglas que pongan las autoridades. El gobierno de la Ciudad de México hará campañas para enseñarle a la gente cómo separar y recolectar la basura en cada Alcaldía. Por otro lado, la Secretaría del Medio Ambiente, la Secretaría de Obras y Servicios y las Alcaldías van a motivar a las escuelas, empresas, comercios, fábricas, oficinas del gobierno y lugares parecidos a que también separen sus residuos usando el mismo sistema de recolección diferenciada y selectiva.
- Art. 34La Secretaría de Obras y Servicios y las Alcaldías van a poner en marcha un sistema para que separes tu basura y la deposites en botes diferentes, y también se encargarán de reciclarla, tratarla y llevarla a su destino final según las reglas del Reglamento y el Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos. Los botes y contenedores que pongan en la calle deben estar separados para que tires los residuos orgánicos (como cáscaras de fruta) en uno y los inorgánicos (como plásticos o vidrio) en otro. Además, estas autoridades se pondrán de acuerdo para instalar, según lo que necesite cada zona, contenedores especiales en parques y jardines donde puedas echar las heces de perros y otras mascotas.
- Art. 35Las personas o negocios que generen residuos de manejo especial (como cascajo, llantas o desechos industriales no peligrosos) tienen que separarlos según el tipo, tal como lo marca el artículo 31 de esta Ley. Esta separación debe hacerse desde el lugar donde se producen los residuos, y también en las plantas donde se clasifican y tratan. La razón es poder identificar cuáles de esos residuos se pueden reciclar, reusar o aprovechar de alguna manera.
- Art. 36La limpieza de la Ciudad de México es un servicio que el gobierno debe dar a todos, y lo organizan la Secretaría de Obras y Servicios junto con las Alcaldías. Este servicio incluye dos cosas: primero, barrer calles, banquetas y áreas comunes, y juntar la basura. Segundo, trasladar esa basura, reciclarla o procesarla, y finalmente deshacerse de ella en un relleno sanitario. Todo esto se hace siguiendo las reglas de esta ley y otras que apliquen.
- Art. 36 BisEste artículo prohíbe que cualquier persona o empresa, si no está registrada y autorizada por el gobierno, recoja la basura o barra las calles en la Ciudad de México. Esa chamba solo la pueden hacer las Alcaldías o sus trabajadores de limpia, porque ellos son los encargados de manejar los residuos y organizar la recolección. Si alguien se ofrece a hacerlo sin permiso, se meterá en problemas y recibirá una multa o sanción, según lo que diga la ley.
- Art. 36 Quater**Artículo 36 Quater** Si generas mucha basura (como negocios o fábricas), tienes tres opciones: 1. Contratar a una empresa autorizada por el gobierno para que recoja tus residuos. Esa empresa debe pagar lo que dice el Código Fiscal de la CDMX si usa instalaciones del gobierno. 2. Si llevas tú mismo la basura, debes pagar los derechos fiscales y seguir las reglas para transportarla. 3. También puedes pedirle a tu Alcaldía o a la Secretaría de Obras que la recoja, pero igual tienes que pagar lo que marca el código fiscal. **Artículo 36 Quintus** La Secretaría de Obras y Servicios puede hacer la limpieza de calles, recoger basura, operar estaciones de transferencia y manejar los tiraderos finales con su propio personal y equipo, o contratar empresas especializadas para eso. **Artículo 36 Sextus** Si surge un problema urgente con la limpieza de la ciudad que no esté considerado en la ley, las autoridades encargadas o la Comisión correspondiente pueden decidir cómo resolverlo.
- Art. 36 TerLas empresas que ya están registradas y al corriente en el padrón autorizado por la Secretaría no tienen que cumplir con lo que dice el Artículo 36 Bis. Esto aplica solo si se dedican a recolectar residuos de grandes generadores, recolección especializada o residuos de construcción. Para no perder ese beneficio, deben comprobar cada mes que están manejando bien la recolección, traslado, tratamiento y disposición final de los desechos. Con eso, la autoridad verifica que su operación sí cumple con las reglas ambientales.
- Art. 37El servicio de limpia (como barrer y recoger la basura) debe seguir lo que dice esta Ley, su reglamento y los programas oficiales. La empresa o gobierno que dé el servicio tiene que informarle a sus trabajadores y a quien contrate para hacerlo sobre estas reglas. También deben tener planes por si ocurre una emergencia o algún riesgo, siempre siguiendo las leyes correspondientes.
- Art. 38Este artículo dice que todas las personas o negocios que generen basura deben entregarla al servicio de limpia de la ciudad. Si vives en una casa, departamento o tienes un negocio chico que paga pocos impuestos, la recolección de tu basura es gratis. Pero si tienes un negocio más grande, como una fábrica, tienda grande, mercado o una oficina de gobierno que genera mucha basura, entonces sí tienes que pagar una tarifa por el servicio, según lo que marca el Código Fiscal de la Ciudad de México.
- Art. 39Obligan a que los camiones de la basura tengan contenedores separados, como dice la ley, para que puedas poner cada tipo de residuo en su lugar (orgánico, plástico, vidrio, etc.). Ya sea que lleven la basura directo a las plantas donde la reciclan o al basurero final, deben tener esos espacios separados. Así, si tú separas tu basura en casa, el camión puede recogerla sin mezclarla. La idea es que no se junten los desechos y se facilite el reciclaje.
- Art. 40Las autoridades de las delegaciones deben poner botes o contenedores para que la gente tire la basura separada (orgánica e inorgánica), pero solo en lugares donde sea difícil llegar o donde haya mucha gente que los necesite. Nadie puede agarrar ni revolver la basura que ya está en esos contenedores; si lo haces, te pueden multar y hasta llevarte ante las autoridades. Además, tú como vecino o generador de basura tienes la obligación de llevar tus residuos hasta el punto de recolección que te indiquen. Si no lo haces, te pueden aplicar una infracción o multa según lo que marca esta ley.
- Art. 41Las alcaldías tienen la obligación de poner botes o contenedores de basura en calles y espacios públicos, para que la gente que pasa por ahí pueda separar sus residuos. La cantidad y el tamaño de esos contenedores deben ser los adecuados según lo que se necesite en cada lugar. También es responsabilidad de las alcaldías darles mantenimiento a esos botes y recoger la basura de manera constante, tal como lo digan el reglamento y el programa de limpia de la zona.
- Art. 42Tienes que tener los botes de basura adentro de tu casa o del negocio, no en la calle. Solo los puedes sacar a la banqueta o al área común el día y la hora que pasa el camión de la basura, y los debes volver a meter en cuanto terminen de recogerla. Además, esos botes deben ser los suficientes para la cantidad de basura que generas y tienen que estar limpios y en buen estado, sin que sean un foco de infección o un riesgo para la salud, tal como lo pide la Ley de Salud de la Ciudad de México.
- Art. 42 BisPara operar en la Ciudad de México, las empresas o personas que manejen residuos (basura, desechos) necesitan un permiso especial de la Secretaría de Medio Ambiente. Si alguien trabaja sin ese permiso, las autoridades pueden cerrar el negocio o multarlo como medida de seguridad. Esto aplica a todos los servicios que recogen, transportan o tratan residuos en la capital.
- Art. 42 TerLas empresas de recolección de basura de otros estados que trabajen en la Ciudad de México tienen que darse de alta ante la Secretaría de Medio Ambiente local. Además, deben entregar un plan detallado de cómo van a manejar los residuos, usando los formatos que esa dependencia pida. Esto aplica desde el 24 de octubre de 2025, cuando se publicó la reforma. En pocas palabras, ya no pueden llegar y trabajar sin permiso; tienen que cumplir con estos requisitos para operar legalmente en la capital.
- Art. 43La Secretaría de Obras y Servicios se va a encargar de crear el plan para manejar la basura, desde que la recogen hasta que la tratan. Va a poner los centros necesarios en cada alcaldía según la cantidad de basura que se genere ahí, y también va a tener el personal suficiente para hacer el trabajo.
- Art. 44En ese artículo, el ingreso de personas o vehículos a las estaciones donde se maneja la basura (como centros de transferencia o plantas de selección) está limitado. Esto significa que no todo mundo puede entrar, solo quienes sigan lo que dice el Reglamento y las normas ambientales. Además, esos lugares no pueden usarse para guardar basura para siempre, solo están para procesos temporales de tratamiento o transferencia.
- Art. 45Para que una estación de transferencia, planta de selección o centro de composteo funcione, necesita tener personal capacitado que sepa identificar si los residuos son peligrosos y cómo manejarlos de forma segura. También debe contar con un plan para emergencias relacionadas con la basura, un cuaderno o registro donde anoten qué residuos llegan, su tipo, peso, a dónde van y las fechas de entrada y salida. Además, necesita un espacio para separar y guardar temporalmente los residuos según lo que indiquen las reglas. Por último, debe cumplir con otros requisitos que pongan el reglamento y las normas aplicables.
- Art. 46Las plantas de la Ciudad de México que separan y procesan la basura deben tener tecnología moderna y especializada para crear energía limpia y renovable. También es obligatorio que tengan básculas para pesar y llevar un registro de los residuos que llegan. Además, necesitan sistemas para controlar el ruido, los olores y el polvo que se generan, de modo que no afecten el ambiente ni la salud de las personas. Todo esto es para manejar la basura de forma adecuada y reducir los daños que pueda causar.
- Art. 47Los trabajadores que estén en las plantas donde se separa o trata la basura, o en las estaciones donde se transfiere, necesitan un permiso oficial de la Secretaría de Obras y Servicios. Ese permiso es como una credencial que demuestra que están autorizados para hacer su labor. Sin ese documento, no pueden trabajar en esos lugares.
- Art. 48Las plantas que queman basura con autorización deben seguir todas las leyes, reglamentos y normas oficiales vigentes en México. Los dueños o encargados de esos lugares tienen que entregar un reporte cada mes a la autoridad para que revisen cómo están funcionando. El gobierno de la Ciudad de México va a publicar una norma especial que dirá cuánto y cómo se puede quemar basura sin dañar el ambiente o la salud, y está prohibido soltar al aire unas sustancias muy tóxicas llamadas dioxinas y furanos si pasan los límites permitidos. Si alguien ve que están rompiendo estas reglas, puede hacer una denuncia ante la autoridad correspondiente, siguiendo el proceso que marca la ley.
- Art. 49Los residuos sólidos que no se puedan tratar con los métodos que marca esta ley deben llevarse a los lugares llamados "sitios de disposición final", que son como basureros controlados o rellenos sanitarios. Esto aplica cuando ya no hay manera de reciclarlos, compostarlos o procesarlos de otra forma autorizada. La idea es que no queden tirados en cualquier lado y se manejen de manera segura para el ambiente.
- Art. 50El artículo 50 dice que para elegir dónde tirar la basura y para construir y operar los lugares donde se va a dejar, hay que seguir al pie de la letra las reglas oficiales mexicanas y las demás leyes que apliquen. Es como cuando tienes que cumplir con las instrucciones de un manual para que todo funcione bien y no cause problemas. En pocas palabras, no puedes hacerlo a tu modo, sino respetando lo que marcan las autoridades.
- Art. 51Este artículo dice que los tiraderos o basureros oficiales van a tener reglas más estrictas. Primero, solo dejarán entrar basura que ya no sirva para reciclar o reusar; además, cada vez recibirán menos desperdicios de comida o jardinería. También tendrán que instalar sistemas para atrapar los gases que produce la basura (biogás) y para juntar los líquidos contaminados que escurren (lixiviados). Y si el basurero es de la Ciudad de México, debe tener tecnología moderna para convertir esos gases en energía eléctrica limpia y renovable.
- Art. 52Está prohibido que revuelvas o separes basura en los terrenos donde se hace el relleno sanitario, como los tiraderos oficiales. Eso significa que no puedes andar escogiendo residuos para sacar cosas útiles o reciclables. La regla aplica para que no te metas a esos lugares a hacerlo. Si lo haces, podrías tener problemas con las autoridades.
- Art. 53La Secretaría de Obras y Servicios tiene que crear cursos de capacitación de vez en cuando para los trabajadores que estén en los basureros o rellenos sanitarios. Además, esos trabajadores deben tener una acreditación oficial de la misma Secretaría para poder trabajar ahí. En pocas palabras, quien labora en estos lugares necesita estar bien entrenado y tener un permiso válido.
- Art. 54Los rellenos sanitarios que ya no sirvan porque se llenaron solo podrán usarse para convertirlos en parques, jardines, escuelas de medio ambiente o lugares para actividades recreativas y culturales.
- Art. 55Si vendes o fabricas un producto que genera basura que se pueda reciclar o reusar, tienes la obligación de hacer un plan para que esa basura se reduzca desde el principio. En ese plan debes explicar cómo vas a manejar esos residuos de forma responsable y también cómo le vas a enseñar a la gente a reciclarlos o reutilizarlos. Además, tienes que decirle a los consumidores por qué es bueno aprovechar esa basura para que no termine tirada. Básicamente, la ley te pide que te hagas cargo de la basura que genera tu producto y que ayudes a la gente a darle una segunda vida.
- Art. 56La Secretaría de Obras y Servicios, junto con otras dos dependencias del gobierno, va a crear programas para usar materiales que vienen de la basura. Esto lo harán siguiendo las reglas del programa de Manejo Completo de la Basura. La idea es que esos residuos se puedan convertir en productos útiles y así crear nuevos negocios o mercados. Para lograrlo, trabajarán con empresas privadas, grupos de la sociedad y otros actores económicos.
- Art. 57Todas las oficinas del Gobierno de la Ciudad, las Alcaldías, el Congreso y el Tribunal de Justicia deben poner sistemas para cuidar el medio ambiente. El objetivo es reducir al máximo la basura que generan y sacarle provecho a lo que se pueda reutilizar. Para lograrlo, van a promover que se compren y usen productos desechables hechos de materiales que se descompongan solos o que no dañen tanto al planeta, como los biodegradables o de materia orgánica.
- Art. 58Las autoridades van a promover programas para que en las tiendas grandes (como los mayoristas, los centros comerciales y las tiendas departamentales) pongan espacios y servicios especiales. Ahí vas a poder dejar materiales que se puedan reciclar o reutilizar, como vidrio, plástico, cartón o latas. Esto es para que no los revuelvas con la basura común y puedan aprovecharse mejor. Es como si pusieran un punto de reciclaje dentro de esos lugares. Así, separar tus residuos se vuelve más sencillo para ti.
- Art. 59Si tienes un negocio (como una tienda, fábrica o taller) que se dedica a reusar o reciclar basura, necesitas cumplir con varias reglas: Primero, pedir permiso a las autoridades. Segundo, estar en un lugar que cumpla con lo que dice la ley. Tercero, tener un plan aprobado por la Secretaría para manejar la basura de forma segura y ecológica. También debes tener programas para emergencias o accidentes, personal capacitado y actualizado, y un respaldo económico (como un seguro) para asegurar que cuando cierres el negocio, el lugar quede limpio y sin riesgos para la salud o el ambiente.
- Art. 60Cuando separas la basura y llevas los residuos a lugares que los aprovechan (como plantas de reciclaje o composta), puede pasar que algunos de esos materiales, por sus características, no se puedan procesar. En ese caso, ya no sirve dejarlos ahí, así que hay que mandarlos al destino final, que es el basurero o relleno sanitario.
- Art. 61La Secretaría de Obras y Servicios se encargará de hacer y cuidar los centros donde se procesa la basura orgánica (como cáscaras de fruta o restos de comida) para convertirla en composta, siguiendo las reglas del programa de manejo de residuos. Las delegaciones también pueden hacer este trabajo, pero lo importante es que la composta que se genere se use principalmente en parques, jardines, áreas verdes, bosques o zonas protegidas que necesiten repararse o mejorarse.
- Art. 62La Secretaría de Desarrollo Económico, junto con la de Obras y las delegaciones que tengan permiso para manejar centros de composteo, se encargará de buscar formas de vender el abono que se produce en esos lugares. Esto significa que van a crear oportunidades de mercado para que ese material (como tierra fértil hecha con residuos orgánicos) se pueda comprar y vender fácilmente. Así, se busca que el composteo no solo sea útil para el medio ambiente, sino también para que la gente o empresas puedan ganarle dinero.
- Art. 63El reglamento va a definir cómo deben ser los materiales para hacer composta (abono orgánico) y qué características debe tener cada tipo de composta para que puedas venderla o regalarla. Si la composta ya no sirve para nada, tienes que llevarla al relleno sanitario para que la tiren.
- Art. 64Si haces composta con residuos orgánicos de la ciudad, tienes la obligación de seguir las reglas marcadas en las normas oficiales mexicanas y en las leyes ambientales de la Ciudad de México. Esas normas te dicen cómo hacer el proceso de manera correcta y sin dañar el suelo. En pocas palabras, no puedes hacer composta a lo loco: debes cumplir con los requisitos oficiales para que todo esté en orden.
- Art. 65Tú, como cualquier persona que genera o maneja basura, estás obligado a hacerlo sin dañar la salud de la gente ni el medio ambiente. Si por tu culpa se contamina el ambiente al juntar, mover o desechar los residuos, además de recibir una multa o castigo por haber violado la ley, también tendrás que responder conforme a la Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México. Eso aplica sin importar si ya te sancionaron por otro lado. En pocas palabras, si tu basura contamina, te toca pagar el daño.
- Art. 66Si alguien maneja basura o materiales peligrosos de una manera que ponga en riesgo tu salud o el medio ambiente, las autoridades pueden tomar acciones rápidas para detener el peligro. Por ejemplo, pueden asegurar (guardar o retener) los camiones, herramientas o sustancias que estén causando el problema. También pueden cerrar temporalmente, de forma total o parcial, los lugares donde se esté haciendo el mal manejo, o suspender las actividades hasta que se arregle el daño. Para los residuos de construcción, pueden exigir una garantía (como un depósito de dinero) para asegurarse de que se manejen correctamente según las leyes ambientales. Si es necesario, la autoridad puede pedir ayuda a la policía para hacer cumplir estas medidas. Todo esto se hace siguiendo las reglas del procedimiento administrativo de la Ciudad de México.
- Art. 67El artículo 67 dice que si tú rompes esta ley, o si animas a alguien más a romperla, te van a castigar según lo que marca este capítulo. Si varias personas dañan el ambiente, cada una va a pagar por lo que hizo, aunque no se pueda medir exactamente cuánto daño causó cada quién. Si tú le entregas basura o residuos a alguien que no está autorizado por la ley, también eres responsable. Y si hay varios responsables y no se puede saber quién tuvo más culpa, todos responden por igual, como si fueran un solo equipo. Además, aunque te pongan una multa o sanción, eso no te quita la obligación de pagar por los daños o de enfrentar procesos judiciales si cometiste un delito.
- Art. 68Si te metes en un problema administrativo, como no pagar una multa de tránsito o no cumplir con un permiso, te pueden aplicar un castigo. Los castigos legales que te pueden poner son: un llamado de atención formal (amonestación), pagar una cantidad de dinero (multa), o que te detengan por un rato (arresto). También pueden existir otros castigos, pero esos tienen que estar escritos en otras leyes o reglamentos.
- Art. 69El Artículo 69 dice que, si alguien comete una falta a esta ley, los castigos son los siguientes: la primera vez que no cumplas con ciertas reglas específicas (las de los artículos 25, fracción V, y 33), solo te van a llamar la atención de manera formal, es decir, te van a amonestar. Si vuelves a cometer la misma falta o haces otras violaciones más graves, te van a poner una multa que va de 20 a 200 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México (que es como un valor oficial que sirve de referencia para calcular multas). Para faltas aún más serias, la multa puede ser de 150 a mil veces esa misma unidad, y para las más graves, de 500 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (otro valor oficial similar), según el tipo de artículo que hayas violado. En resumen, entre más grave o repetida sea la falta, más caro te va a salir.
- Art. 70Cuando te pongan una multa o sanción, las autoridades van a considerar varias cosas, como qué tan grave fue el daño para la sociedad, la salud o el medio ambiente, y si la falta causó perjuicios. También van a ver si lo hiciste a propósito por dinero fácil o por descuido, y si ya habías cometido la misma falta antes (reincidencia). Además, si eres reincidente o la falta fue grave, la sanción puede ser más dura. Y en algunos casos, en lugar de pagar la multa completa, podrías cambiar esa deuda por medidas para ayudar al medio ambiente, y ese dinero irá al Fondo Ambiental de la Ciudad de México.
- Art. 71Si cometes una falta contra esta ley, te van a multar o castigar según lo que aquí se establece, aparte de que también tendrás que pagar por los daños que hayas causado. Todo el proceso para aplicarte esas sanciones se hará siguiendo las reglas de la Ley de Procedimiento Administrativo. Además, cuando la autoridad te sorprenda infringiendo la ley, puede levantarte un acta (un documento oficial que deja constancia de la falta) justo en el lugar y en el momento en que te descubra, sin necesidad de esperar a otro momento.
- Art. 72Si toca cerrar un negocio por una falta, la persona encargada de hacer el cierre debe levantar un acta, o sea, un documento escrito que explique todo lo que pasó durante la diligencia, siguiendo las mismas reglas que en las inspecciones. Si el cierre es temporal, la autoridad debe decirte claramente qué tienes que hacer para arreglar el problema que causó la sanción, por ejemplo, medidas para reducir el daño o corregir lo que hiciste mal. También te tienen que dar plazos específicos para que realices esas correcciones.
- Art. 73Si alguien te da un permiso, licencia o concesión que viola esta ley, ese documento no sirve para nada, como si nunca hubiera existido. Además, el funcionario público que lo autorizó será castigado por las leyes correspondientes.
- Art. 74Si te afecta una resolución que salga de algún trámite o proceso administrativo relacionado con esta ley, su reglamento o normas que de ahí se deriven, puedes inconformarte. Eso significa que tienes derecho a presentar un recurso de queja o apelación llamado "inconformidad". Para hacerlo, debes seguir las reglas que marca la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.
- Art. 75Cualquier persona, grupo u organización puede reportar ante la Procuraduría o las autoridades correspondientes cualquier acción o falta que dañe o pueda dañar el medio ambiente por manejar mal la basura, o que vaya en contra de esta Ley. No importa si eres una persona común, un grupo de vecinos, una asociación o una empresa: todos tienen derecho a hacerlo. La denuncia puede ser por algo que ya pasó o por algo que apenas está por pasar. Lo importante es que tenga que ver con residuos sólidos, como la basura que generamos en casa o en el trabajo.
- Art. 76Este artículo dice que cualquier persona puede presentar una denuncia por escrito, solo necesita incluir su nombre o el de la empresa, su domicilio y teléfono (si tiene), describir lo que pasó, dar datos para identificar al que cometió la falta o dónde está la fuente contaminante, y aportar las pruebas que tenga. También se puede denunciar por teléfono, pero en ese caso, el funcionario que recibe la llamada hace un reporte y tú tienes 3 días hábiles para entregar la denuncia por escrito con todos los datos anteriores; si no lo haces, la Procuraduría igual puede investigar por su cuenta.
- Art. 77**Artículo 77:** Cuando alguien presente una queja, la Procuraduría debe explicar por escrito qué opinión le mereció la información que dio esa persona, en el momento de decidir si procede o no la denuncia. **Artículos Transitorios:** - **Primero:** Esta ley comienza a aplicarse al día siguiente de que se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. - **Segundo:** Se cancela el reglamento anterior sobre el servicio de limpia de 1989, pero solo en lo que se oponga a esta nueva ley. Ese reglamento viejo seguirá vigente en todo lo que no esté en contra, hasta que el gobierno de la ciudad publique el nuevo reglamento. - **Tercero:** Las reglas sobre separar la basura, recogerla por separado y tener planes de manejo (junto con las multas del artículo 69) empezarán a aplicarse hasta el 1 de octubre de 2004. Pero desde el 1 de enero de 2004, las dependencias del gobierno deberán empezar a organizarse y poner la infraestructura necesaria, además de lanzar una campaña para enseñar a la gente estas nuevas reglas y sus beneficios. El calendario de cuándo se aplicará cada cosa debe publicarse en el programa de residuos sólidos antes de mediados de 2004. Para esto, se formará un comité con siete diputados y un representante de cada dependencia (Gobierno, Medio Ambiente, Obras, Salud y Procuraduría Ambiental). Ese comité tendrá su primera junta en los primeros 15 días de enero de 2004. Además, en febrero, abril y junio de 2004, la Secretaría de Medio Ambiente deberá reportar a la Asamble