- Ley
- Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
- Artículo
- 52
Artículo 52 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Está prohibido que revuelvas o separes basura en los terrenos donde se hace el relleno sanitario, como los tiraderos oficiales. Eso significa que no puedes andar escogiendo residuos para sacar cosas útiles o reciclables. La regla aplica para que no te metas a esos lugares a hacerlo. Si lo haces, podrías tener problemas con las autoridades.
Texto oficial
Artículo 52.- Queda prohibida la selección o pepena de los residuos sólidos en los sitios destinados para relleno sanitario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.