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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-residuos-solidos/52
Ley
Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Artículo
52

Artículo 52 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Está prohibido que revuelvas o separes basura en los terrenos donde se hace el relleno sanitario, como los tiraderos oficiales. Eso significa que no puedes andar escogiendo residuos para sacar cosas útiles o reciclables. La regla aplica para que no te metas a esos lugares a hacerlo. Si lo haces, podrías tener problemas con las autoridades.

Texto oficial

Artículo 52.- Queda prohibida la selección o pepena de los residuos sólidos en los sitios destinados para relleno sanitario.

Ver texto oficial de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.