- Ley
- Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
- Artículo
- 53
Artículo 53 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Obras y Servicios tiene que crear cursos de capacitación de vez en cuando para los trabajadores que estén en los basureros o rellenos sanitarios. Además, esos trabajadores deben tener una acreditación oficial de la misma Secretaría para poder trabajar ahí. En pocas palabras, quien labora en estos lugares necesita estar bien entrenado y tener un permiso válido.
Texto oficial
Artículo 53.- La Secretaría de Obras y Servicios deberá establecer programas de capacitación periódica a los trabajadores que laboren en los sitios de disposición final. El personal que labore en los sitios de disposición final deberá estar debidamente acreditado por la Secretaría de Obras y Servicios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.