- Ley
- Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
- Artículo
- 43
Artículo 43 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Obras y Servicios se va a encargar de crear el plan para manejar la basura, desde que la recogen hasta que la tratan. Va a poner los centros necesarios en cada alcaldía según la cantidad de basura que se genere ahí, y también va a tener el personal suficiente para hacer el trabajo.
Texto oficial
Artículo 43.- La Secretaría de Obras y Servicios diseñará el sistema de transferencia, selección y tratamiento de los residuos sólidos, procurando la construcción y operación en número suficiente en cada delegación conforme a la cantidad de residuos que se generan en cada demarcación territorial, contando con el personal suficiente para su manejo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.