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Ley
Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Artículo
43

Artículo 43 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Obras y Servicios se va a encargar de crear el plan para manejar la basura, desde que la recogen hasta que la tratan. Va a poner los centros necesarios en cada alcaldía según la cantidad de basura que se genere ahí, y también va a tener el personal suficiente para hacer el trabajo.

Texto oficial

Artículo 43.- La Secretaría de Obras y Servicios diseñará el sistema de transferencia, selección y tratamiento de los residuos sólidos, procurando la construcción y operación en número suficiente en cada delegación conforme a la cantidad de residuos que se generan en cada demarcación territorial, contando con el personal suficiente para su manejo.

Ver texto oficial de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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