- Ley
- Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
- Artículo
- 39
Artículo 39 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Obligan a que los camiones de la basura tengan contenedores separados, como dice la ley, para que puedas poner cada tipo de residuo en su lugar (orgánico, plástico, vidrio, etc.). Ya sea que lleven la basura directo a las plantas donde la reciclan o al basurero final, deben tener esos espacios separados. Así, si tú separas tu basura en casa, el camión puede recogerla sin mezclarla. La idea es que no se junten los desechos y se facilite el reciclaje.
Texto oficial
Artículo 39.- Los camiones recolectores de los residuos sólidos, así como los destinados para la transferencia de dichos residuos a las plantas de selección y tratamiento o a los sitios de disposición final, deberán disponer de contenedores seleccionados conforme a la separación selectiva que esta Ley establece.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.