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Ley
Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Artículo
56

Artículo 56 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Obras y Servicios, junto con otras dos dependencias del gobierno, va a crear programas para usar materiales que vienen de la basura. Esto lo harán siguiendo las reglas del programa de Manejo Completo de la Basura. La idea es que esos residuos se puedan convertir en productos útiles y así crear nuevos negocios o mercados. Para lograrlo, trabajarán con empresas privadas, grupos de la sociedad y otros actores económicos.

Texto oficial

Artículo 56.- La Secretaría de Obras y Servicios, en coordinación con la Secretaría y la Secretaría de Desarrollo Económico, en cumplimiento a lo señalado en el programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos, instrumentarán programas para la utilización de materiales o subproductos provenientes de los residuos sólidos a fin de promover mercados para su aprovechamiento, vinculando al sector privado, organizaciones sociales y otros agentes económicos.

Ver texto oficial de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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