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Ley
Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Artículo
59

Artículo 59 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un negocio (como una tienda, fábrica o taller) que se dedica a reusar o reciclar basura, necesitas cumplir con varias reglas: Primero, pedir permiso a las autoridades. Segundo, estar en un lugar que cumpla con lo que dice la ley. Tercero, tener un plan aprobado por la Secretaría para manejar la basura de forma segura y ecológica. También debes tener programas para emergencias o accidentes, personal capacitado y actualizado, y un respaldo económico (como un seguro) para asegurar que cuando cierres el negocio, el lugar quede limpio y sin riesgos para la salud o el ambiente.

Texto oficial

Artículo 59.- Todo establecimiento mercantil, industrial y de servicios que se dedique a la reutilización o reciclaje de los residuos sólidos deberán: Obtener autorización de las autoridades competentes; Ubicarse en lugares que reúnan los criterios que establezca la normatividad aplicable; Instrumentar un plan de manejo aprobado por la Secretaría para la operación segura y ambientalmente adecuada de los residuos sólidos que valorice; Contar con programas para prevenir y responder a contingencias o emergencias ambientales y accidentes; Contar con personal capacitado y continuamente actualizado; y Contar con garantías financieras para asegurar que, al cierre de las operaciones en sus instalaciones, éstas queden libres de residuos y no presenten niveles de contaminación que puedan representar un riesgo para la salud humana y el ambiente.

Ver texto oficial de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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