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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-residuos-solidos/9
Ley
Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México
Artículo
9

Artículo 9 de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Procuraduría es la encargada de recibir las quejas que tú o cualquier persona le presenten cuando alguien viole o no cumpla con lo que dice esta Ley. Una vez que recibes tu denuncia, ellos tienen que darle seguimiento conforme a las reglas de su propia Ley Orgánica. Esto significa que la Procuraduría está obligada a atender tu queja y hacer algo al respecto según su propio reglamento interno. No importa quién seas, cualquier ciudadano puede presentar una denuncia si nota que no se está respetando esta Ley.

Texto oficial

Artículo 9º.- Corresponde a la Procuraduría la atención de las denuncias ciudadanas que cualquier persona le presente por violaciones o incumplimiento a las disposiciones de la presente Ley, dándole curso legal en los términos de su Ley Orgánica.

Ver texto oficial de la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.