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Ley
Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México
Artículo
18

Artículo 18 de la Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría te va a dar una Cédula Confiable por medio de su sistema de internet, y no puede tardar más de diez días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni días feriados) desde que te registres con éxito en el padrón. En esa cédula van a aparecer por lo menos los siguientes datos: el número de folio de tu registro, la fecha en que se expidió, hasta cuándo es válida y los datos generales de tu negocio o establecimiento.

Texto oficial

Artículo 18. La cédula confiable será emitida por la Secretaría a través de la plataforma digital en un plazo que no exceda de diez días hábiles, contados a partir del registro exitoso en el padrón. Dicha cédula contendrá como datos mínimos el folio de registro, fecha de expedición, vigencia y los datos generales del establecimiento mercantil. Capítulo Cuarto De su Vinculación con Sistemas Análogos a nivel Federal.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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