Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica para todos en la Ciudad de México y nadie puede saltársela. Su objetivo es que el gobierno apoye a los dueños de negocios pequeños (como tienditas o locales de bajo impacto) que cumplan con acciones de responsabilidad social, dándoles beneficios y trámites más sencillos.
- Art. 2Este artículo simplemente define las palabras clave que se usan en toda la ley, como si fuera un diccionario. Por ejemplo, "Agencia" se refiere a la dependencia del gobierno de la CDMX que maneja la tecnología e innovación, y "Alcaldías" son cada una de las 16 delegaciones políticas de la ciudad. También aclara que un "Establecimiento mercantil" es cualquier negocio o local que vende productos o servicios para ganar dinero. La "Cédula confiable" es un documento digital que prueba que un negocio ya está registrado oficialmente, y el "Padrón" es la lista pública de todos esos negocios registrados. En resumen, aquí te explican qué significa cada término para que no te pierdas al leer el resto de la ley.
- Art. 3Esta ley dice que todo el gobierno debe actuar siguiendo reglas muy claras, como atender bien a la gente, ser honesto, transparente, rápido y sencillo en sus trámites. También tiene que tratar a todos por igual, dar información clara y usar la tecnología para mejorar. Ninguna autoridad puede saltarse estas reglas, y todas deben aplicarse al mismo tiempo, buscando un equilibrio entre ellas.
- Art. 4Este artículo dice que si la ley actual no dice algo sobre un tema en específico, entonces se va a usar lo que digan otras leyes para resolverlo. Por ejemplo, se pueden aplicar la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México o la Ley de Establecimientos Mercantiles, entre otras. En pocas palabras, es como un "comodín" para llenar los huecos que esta ley no cubra.
- Art. 5Los plazos que menciona esta ley se cuentan solo en días hábiles, es decir, de lunes a viernes, sin contar sábados, domingos ni días festivos oficiales. Así que si te dicen que tienes 10 días para hacer algo, solo cuentan los días entre semana. Esto aplica para todo lo relacionado con la responsabilidad social de las empresas, incluyendo los trámites que se hagan en la plataforma digital.
- Art. 6La plataforma digital es como un sistema en internet o una herramienta digital que sirve para revisar si las personas que reciben algún apoyo o beneficio están cumpliendo con su responsabilidad social como comerciantes o empresas. Dentro de esta herramienta, se guardará un listado de esas personas (llamado padrón), además de cualquier otra base de datos que se necesite para que todo funcione bien. Básicamente, es el lugar donde se concentra la información para verificar que quienes reciben beneficios están al corriente con sus obligaciones.
- Art. 7La página de internet o app del gobierno va a ser manejada por la Secretaría. Para darte de alta o actualizar tus datos en el registro oficial, tú como beneficiario tendrás que hacerlo por medio de esa misma plataforma. La Agencia va a ser la encargada de diseñar y mejorar la plataforma, y tendrá funciones para que la Secretaría, el Instituto, las Alcaldías y la misma Agencia puedan consultar, buscar y modificar la información que ahí esté guardada.
- Art. 8La plataforma digital del padrón debe tener candados de seguridad bien confiables para cuidar toda la información que recolecte de ti, cumpliendo con las leyes de protección de datos personales y de transparencia. La Secretaría es la que recibe, guarda y protege todos tus documentos y datos, y se encarga de que nadie los use de forma indebida.
- Art. 9El padrón es como una lista oficial que está en internet y se actualiza constantemente. Ahí aparecen todas las personas que reciben beneficios y hacen negocios, pero que también pueden ser revisadas por las autoridades. Sirve para que el gobierno sepa quiénes están cumpliendo con las reglas, y se asume, de buena fe, que todo lo que reportan es verdad.
- Art. 10El artículo 10 dice que registrarse en el padrón (lista oficial de beneficiarios) es por internet, no cuesta nada y es voluntario. Al registrarte, estás declarando de buena fe (con honestidad) que cumples con todas las obligaciones de tu negocio pequeño (permisos, reglas) y con tus impuestos. Haces esto para poder recibir los beneficios que da esta ley, como descuentos o apoyos. En pocas palabras, si estás al corriente fiscal y legal, puedes inscribirte gratis y en línea para obtener las ventajas que ofrece la ley.
- Art. 11Las personas que ya estén registradas en la lista oficial de beneficiarios no tendrán que pasar por ninguna revisión, a menos que suceda alguno de estos casos: - Si hay razones relacionadas con protección civil (como desastres naturales o emergencias). - Si se detecta que podrían representar un riesgo para la salud de otras personas. - Si son seleccionadas al azar, pero solo si forman parte del 3% del total de beneficiarios registrados.
- Art. 12El artículo 12 dice que cuando se hagan visitas de verificación (es decir, cuando llegue un inspector a revisar tu negocio o propiedad), por las excepciones que se mencionan en el artículo anterior, esas visitas deben seguir las reglas de varias leyes de la Ciudad de México. Entre ellas están la Ley del Instituto de Verificación Administrativa, la Ley Orgánica de Alcaldías, la Ley de Protección Civil y la Ley de Salud. En pocas palabras, los inspectores tienen que cumplir con lo que dice toda esa normativa, y no pueden hacer lo que se les ocurra.
- Art. 13Este artículo dice que si tienes un negocio pequeño (como una tiendita o papelería) y te están revisando para ver si cumples con las reglas, no te puedes registrar en el padrón hasta que esa revisión termine a tu favor. Solo podrás inscribirte si la autoridad te da el visto bueno, o si corriges los problemas que tenías o pagas las multas que te hayan puesto.
- Art. 14Cada dos años, tú o alguien que te represente tiene que renovar tu registro en el padrón. Este trámite se hace por internet, en la plataforma digital, al menos 15 días hábiles antes de que venza tu cédula. También debes cumplir con los requisitos que pida la autoridad. Después de hacer la renovación, en máximo 5 días hábiles te enviarán una nueva cédula por la misma plataforma. Si no renuevas a tiempo, te sacarán del padrón.
- Art. 15La Secretaría va a decidir cuáles son los pasos que tienes que seguir para registrarte en su plataforma digital como beneficiario. No te preocupes, ellos mismos te dirán qué papeles o datos necesitas. Tú solo tienes que esperar a que ellos publiquen esos requisitos para poder hacer tu registro sin problemas. En pocas palabras, ellos ponen las reglas para que tú puedas entrar al sistema.
- Art. 16Cuando un beneficiario completa su registro en el sistema, la plataforma le asigna automáticamente una clave única que mezcla letras y números; esa clave se llama folio de registro. Gracias a esa clave, la persona queda automáticamente libre de revisiones o verificaciones, a menos que se trate de las excepciones que menciona el artículo 11 de esta misma ley. En términos sencillos, el folio te sirve como un pase que ya no necesita ser revisado, salvo casos especiales.
- Art. 17La cédula confiable es un papel oficial que demuestra que un negocio está registrado en el padrón (lista oficial). Ese documento debe ponerse en un lugar que se vea fácil dentro del local, para que las autoridades y cualquier persona sepan que el negocio cumple con todas las leyes.
- Art. 18La Secretaría te va a dar una Cédula Confiable por medio de su sistema de internet, y no puede tardar más de diez días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni días feriados) desde que te registres con éxito en el padrón. En esa cédula van a aparecer por lo menos los siguientes datos: el número de folio de tu registro, la fecha en que se expidió, hasta cuándo es válida y los datos generales de tu negocio o establecimiento.
- Art. 19La plataforma digital podrá conectarse con otros sistemas parecidos que existan a nivel federal, para que las personas que ya están registradas en el padrón puedan recibir los beneficios que ofrezcan esos otros sistemas. Esto solo pasará si se firman acuerdos entre las autoridades federales y locales donde se pongan de acuerdo en los términos y condiciones.
- Art. 20La Secretaría, junto con otras autoridades que también aplican esta ley, va a decidir qué actividades, planes y programas van a usar para darle beneficios a las personas que se registren en el padrón. Estos beneficios serán cosas como descuentos o trámites más fáciles, pero solo para quienes estén dados de alta en el registro oficial. En pocas palabras, si te registras, podrías acceder a apoyos y procesos más sencillos que van a organizar estas dependencias.
- Art. 21La Secretaría tiene varias obligaciones: debe crear formas de colaboración para que las empresas actúen con responsabilidad social (que piensen en el bien común, no solo en ganar dinero). También tiene que coordinar programas para dar beneficios y trámites más sencillos a las personas que reciben apoyos. Otra tarea es fomentar que la gente cumpla con la ley y sus obligaciones. Además, debe darle acceso fácil al sistema SIAPEM a la Agencia, para que todo funcione bien en la plataforma digital, y emitir un folio y una cédula confiable que comprueben que una persona está registrada. También tiene que recibir y guardar la información de esas personas, publicar la lista de beneficiarios en la plataforma y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, y hacer todo lo demás que le pida esta ley.
- Art. 22Las Alcaldías y el Instituto tienen que hacer varias cosas, como ir a hacer revisiones (visitas de verificación) a los negocios para checar que todo esté en orden, según lo que marca la ley. También deben crear un solo método para hacer esas visitas, que sea más rápido y menos complicado tanto para las autoridades como para los dueños de los negocios. Tienen que ofrecer facilidades para dar pláticas y consejos que ayuden a los negocios chicos a regularizarse. Además, deben informar a la gente sobre cómo ser un negocio responsable, y mantener al día el sistema de registro de negocios (SIAPEM) y la lista de inspectores autorizados. Por último, deben darle acceso a esa lista de inspectores a la Agencia para que todo funcione bien en el sistema digital.
- Art. 23Las personas que estén registradas en el padrón tienen varios beneficios, pero esta lista no incluye todo, pueden haber otros. Por ejemplo, no te harán revisiones sorpresa, a menos que sea por protección civil, porque representes un peligro para la salud, o te toque en una selección al azar del 3% de los registrados. También podrás usar una plataforma digital para hacer trámites y recibir avisos, tendrás un expediente digital para acceder fácil a servicios, y obtendrás una cédula que demuestre que cumples con tus obligaciones. Incluso podrás recibir beneficios de otros sistemas similares si se firman los acuerdos correspondientes. Recuerda que la ley puede incluir más beneficios.
- Art. 24Si el Instituto o las Alcaldías descubren, durante una visita sorpresa por alguna excepción que marca la ley, que no estás cumpliendo con las reglas y que abusaste de la confianza que te dieron, y además no arreglas el problema en el plazo que te dan, te van a aplicar estas consecuencias: - Te cancelan tu cédula confiable (el documento que te acreditaba como negocio de confianza); - Te vuelven a meter al programa de verificaciones ordinarias anuales (es decir, te van a revisar seguido como a cualquier otro negocio); - Y ya no vas a poder volver a pedir tu registro en el Padrón durante 5 años.
- Art. 25Cada seis meses, el sistema va a escoger al azar al 3% de todas las personas que reciben algún beneficio o están registradas en la lista oficial. A esas personas las visitarán las autoridades para checar que están cumpliendo con sus obligaciones según las reglas. La dependencia encargada le avisará a la Alcaldía quiénes fueron seleccionados para que ellos organicen y hagan la visita. Además, le informarán a la Contraloría de la Ciudad de México cuáles son los negocios elegidos y cuándo se harán las visitas. Por último, la Contraloría va a nombrar a ciudadanos que vigilen que todo el proceso se haga de manera clara, rápida y sin trampas.
- Art. 26El Instituto y las Alcaldías van a crear un programa para hacer visitas voluntarias a negocios pequeños que no causen molestias, como tienditas o papelerías. Si tienes un negocio de bajo impacto, puedes pedir en la página de internet una sola visita para que te digan si estás haciendo algo mal en tu forma de trabajar. Si te encuentran algún error, no te van a multar ni castigar por eso. Al contrario, las autoridades te tienen que ayudar gratis, explicándote cómo corregir lo que esté mal para que quedes en orden.
- Art. 27El artículo 27 dice que toda la información que se suba a la plataforma digital tiene que cumplir con lo que marca la Ley de Transparencia y la Ley de Protección de Datos Personales de la Ciudad de México, además de otras reglas que apliquen. En los artículos transitorios se explica que este decreto se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y empezará a aplicarse al día siguiente de esa publicación. El Instituto de Verificación Administrativa, junto con las Alcaldías, tendrá 180 días para crear un programa de visitas voluntarias a negocios de bajo impacto. Las visitas de verificación aleatorias comenzarán en enero de 2021, según el artículo 25 de esta ley. El Gobierno de la Ciudad tendrá que actualizar las normas relacionadas en un máximo de 90 días desde la publicación, y la Jefa de Gobierno deberá emitir el reglamento de esta ley en 120 días, incluyendo cómo se elegirán las visitas de verificación.