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Ley
Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México
Artículo
23

Artículo 23 de la Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que estén registradas en el padrón tienen varios beneficios, pero esta lista no incluye todo, pueden haber otros. Por ejemplo, no te harán revisiones sorpresa, a menos que sea por protección civil, porque representes un peligro para la salud, o te toque en una selección al azar del 3% de los registrados. También podrás usar una plataforma digital para hacer trámites y recibir avisos, tendrás un expediente digital para acceder fácil a servicios, y obtendrás una cédula que demuestre que cumples con tus obligaciones. Incluso podrás recibir beneficios de otros sistemas similares si se firman los acuerdos correspondientes. Recuerda que la ley puede incluir más beneficios.

Texto oficial

Artículo 23. Las personas beneficiarias registradas en el padrón, de manera enunciativa más no limitativa, tendrán los siguientes beneficios: Estar exentas de ser verificadas, salvo que existan causas vinculadas con protección civil; existan causas en las que se identifique que se desprende peligro para la salud o sean elegidas aleatoriamente dentro del tres por ciento del total de las personas beneficiarias inscritas en el padrón; Acceder a la plataforma digital que les permita interactuar con los órganos de la administración pública, a fin de que puedan cumplir con sus obligaciones establecidas en la normatividad aplicable; Contar con un expediente digital para acceder fácilmente a los trámites y servicios que otorguen los órganos de la administración pública; Recibir a través de la plataforma digital avisos y notificaciones que le permitan cumplir con sus obligaciones; Contar con una cédula confiable que las acredite como parte del Padrón a fin de notificar a las autoridades y a la ciudadanía que cumple con todas sus obligaciones establecidas en Ley; Ser acreedoras a los beneficios que otorguen otros sistemas análogos al ámbito federal, una vez celebrados los convenios de coordinación correspondientes; y Los demás que establezca la presente Ley u otras disposiciones o instrumentos jurídicos aplicables. TÍTULO QUINTO DE LAS SANCIONES Capítulo Único Del Procedimiento por Incumplimiento

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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