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Ley
Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto y las Alcaldías van a crear un programa para hacer visitas voluntarias a negocios pequeños que no causen molestias, como tienditas o papelerías. Si tienes un negocio de bajo impacto, puedes pedir en la página de internet una sola visita para que te digan si estás haciendo algo mal en tu forma de trabajar. Si te encuentran algún error, no te van a multar ni castigar por eso. Al contrario, las autoridades te tienen que ayudar gratis, explicándote cómo corregir lo que esté mal para que quedes en orden.

Texto oficial

Artículo 26. El Instituto, en coordinación con las Alcaldías, emitirá un programa de visitas de verificación voluntaria para establecimientos mercantiles con giro de bajo impacto, que contendrá los mecanismos, periodos y condiciones en que serán aplicadas dichas visitas. Las personas beneficiarias podrán solicitar, a través de la plataforma digital, la realización de visitas de verificación voluntaria por única ocasión, con el objeto de conocer si existen irregularidades administrativas en el desarrollo de sus actividades. El resultado de la visita de verificación no tendrá como consecuencia sanción por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones. En caso de que el resultado de la visita de verificación voluntaria determine la existencia de alguna irregularidad o incumplimiento, la autoridad verificadora deberá asesorar, acompañar y orientar en forma gratuita a las personas beneficiarias, a fin de que atiendan y subsanen las irregularidades detectadas en la visita. TÍTULO SÉPTIMO DE LOS DATOS PERSONALES Capítulo Único Del Sistema de Datos Personales y la Información Pública que obre en la Plataforma Digital

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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