- Ley
- Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México
- Artículo
- 2
Artículo 2 de la Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo simplemente define las palabras clave que se usan en toda la ley, como si fuera un diccionario. Por ejemplo, "Agencia" se refiere a la dependencia del gobierno de la CDMX que maneja la tecnología e innovación, y "Alcaldías" son cada una de las 16 delegaciones políticas de la ciudad. También aclara que un "Establecimiento mercantil" es cualquier negocio o local que vende productos o servicios para ganar dinero. La "Cédula confiable" es un documento digital que prueba que un negocio ya está registrado oficialmente, y el "Padrón" es la lista pública de todos esos negocios registrados. En resumen, aquí te explican qué significa cada término para que no te pierdas al leer el resto de la ley.
Texto oficial
Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entiende por: Agencia: la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México; Alcaldías: los órganos político administrativos de cada demarcación territorial de la Ciudad de México; Cédula confiable: el documento emitido por la Secretaría a través de la plataforma digital, que acredita que una persona beneficiaria se encuentra registrada en el padrón; Establecimiento mercantil: el local ubicado en un inmueble donde una persona física o moral desarrolla actividades relativas a la intermediación, compraventa, arrendamiento, distribución de bienes o prestación de servicios lícitos con fines de lucro; Folio de registro: la clave alfanumérica generada de forma automática por la plataforma digital una vez concluido el registro en el padrón; Giro de bajo impacto: las actividades desarrolladas en un establecimiento mercantil, relativas a la intermediación, compraventa, arrendamiento, distribución de bienes o prestación de servicios, y que no se encuentran contempladas dentro de las actividades consideradas de impacto zonal y de impacto vecinal; Instituto: el Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México; Ley: la Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México; Órganos de la Administración Pública: las dependencias, órganos desconcentrados, entidades y alcaldías de la Ciudad de México; Padrón: el padrón de responsabilidad social mercantil integrado por la base de datos pública y actualizada, donde se encuentran registradas todas aquellas personas beneficiarias que realicen actividades mercantiles con giro de bajo impacto y que estén sujetas a verificación; Personas beneficiarias: las personas físicas o morales titulares de un aviso o permiso y responsables del funcionamiento de un establecimiento mercantil con giro de bajo impacto y que se encuentren registradas en el padrón; Plataforma digital: la herramienta tecnológica de responsabilidad social mercantil que permitirá fomentar la misma, así como crear y actualizar la base de datos denominada padrón; Responsabilidad Social Mercantil: el esquema que funda las bases para renovar la confianza de la ciudadanía en las Instituciones Públicas, a través de un mecanismo de incentivos y facilidades administrativas bajo el principio de buena fe, que permitirá a la persona titular de un establecimiento mercantil ejercer de mejor manera su actividad económica en la Ciudad de México; Secretaría: la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México; SIAPEM: el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles; Visita de verificación aleatoria: la diligencia de carácter administrativo que ordena y ejecuta la autoridad competente y que es determinada aleatoriamente por la plataforma digital; y Visita de verificación voluntaria: la diligencia de carácter administrativo que solicita de manera unilateral la persona beneficiaria que explote un establecimiento mercantil de bajo impacto, con el objeto de conocer si incumple con alguna de sus obligaciones establecidas en la normatividad de la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.