- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 164
Artículo 164 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 164 dice que el juez o la autoridad que lleva tu caso puede pedirle ayuda al ministerio público para verificar si un documento es auténtico o no, cuando una de las partes lo ponga en duda. El ministerio público es como un representante de la ley que apoya en investigaciones. Esto solo pasa si alguien dice que el documento podría ser falso. En resumen, si tienes una sospecha sobre un papel, la autoridad puede recurrir a un experto para aclararlo.
Texto oficial
Artículo 164. La Autoridad substanciadora o resolutora podrá solicitar la colaboración del ministerio público, para determinar la autenticidad de cualquier documento que sea cuestionado por las partes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.