- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 23 Bis
Artículo 23 Bis de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a poner módulos (como mostradores o ventanillas de información) en las oficinas del gobierno de la Ciudad, para que tú puedas enterarte fácilmente de los servicios que ofrecen y cómo funcionan. Estos módulos pueden estar siempre o solo por temporadas, dependiendo de lo que decidan las autoridades. Además, los van a colocar en lugares que sean fáciles de encontrar y a los que puedas llegar sin problemas.
Texto oficial
Artículo 23 Bis. La Secretaría, a través de los Órganos Internos de Control, implementará Módulos de Atención, Orientación y Contacto Ciudadano que podrán ser de carácter temporal o permanente, según el diagnóstico que se tenga por parte de la Secretaría, en las distintas dependencias de la administración pública de la Ciudad, con la finalidad de que la ciudadanía pueda conocer con oportunidad los criterios, mecanismos y características de los servicios y/o funciones que cada dependencia brinda. Dichos Módulos de atención deberán estar indistintamente en espacios accesibles e identificables para la ciudadanía. Capítulo II De la integridad de las personas morales
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.