- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa o cualquier organización (persona moral) comete una falta administrativa grave, puede ser castigada. Esto pasa cuando una persona real (como un empleado o representante) hace algo ilegal a nombre de la empresa para sacarle provecho. Es decir, si alguien actúa por la empresa y busca que ella se beneficie, entonces la empresa también paga las consecuencias. La sanción se aplica según lo que dice esta ley.
Texto oficial
Artículo 24. Las personas morales serán sancionadas en los términos de esta Ley cuando los actos vinculados con faltas administrativas graves sean realizados por personas físicas que actúen a su nombre o representación de la persona moral y pretendan obtener mediante tales conductas beneficios para dicha persona moral.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.