- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 32
Artículo 32 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los empleados del gobierno (servidores públicos) tienen que entregar tres tipos de declaraciones al departamento de Control Interno o a la Secretaría: la de su patrimonio (bienes, cuentas, propiedades), la de sus intereses (para mostrar que no hay conflictos) y la de impuestos anual. Todo esto lo deben hacer bajo protesta de decir verdad, o sea, si mienten pueden meterse en problemas legales. Las reglas específicas de cómo y cuándo entregarlas las pone cada dependencia, según lo que dice esta ley. También están obligados a presentar su declaración fiscal anual, tal como lo pide la ley de impuestos.
Texto oficial
Artículo 32. Estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad, las Personas Servidoras Públicas ante la Secretaría o su respectivo Órgano Interno de Control, que determinen sus respectivas disposiciones generales, en los términos previstos en la presente Ley. Asimismo, deberán presentar su declaración fiscal anual, en los términos que disponga la legislación de la materia. Sección tercera Plazos y mecanismos de registro al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.