- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 73
Artículo 73 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una persona que está haciendo campaña para ser candidata a un puesto de elección popular (como diputado, senador o presidente municipal), o que trabaja en su equipo de campaña, o es líder de un sindicato del gobierno, pide, acepta o recibe dinero, regalos o beneficios a cambio de prometer que, si llega a ser funcionario público, le dará un trato especial o una ventaja a quien le dio esas cosas, eso se considera una falta grave. Esos beneficios pueden ser para la misma persona, para su campaña electoral o para sus familiares o allegados, y están prohibidos por la ley. Además, los directivos y empleados de los sindicatos también pueden ser castigados si cometen este tipo de acciones.
Texto oficial
Artículo 73. Se consideran Faltas de particulares en situación especial, aquéllas realizadas por candidatos a cargos de elección popular, miembros de equipos de campaña electoral o de transición entre administraciones del sector público, y líderes de sindicatos del sector público, que impliquen exigir, solicitar, aceptar, recibir o pretender recibir alguno de los beneficios a que se refiere el artículo 52 de esta Ley, ya sea para sí, para su campaña electoral o para alguna de las personas a las que se refiere el citado artículo, a cambio de otorgar u ofrecer una ventaja indebida en el futuro en caso de obtener el carácter de Servidor Público. A los particulares que se encuentren en situación especial conforme al presente Capítulo, incluidos los directivos y empleados de los sindicatos, podrán ser sancionados cuando incurran en las conductas a que se refiere el Capítulo anterior. Capítulo V De la prescripción de la responsabilidad administrativa
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.