Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-responsabilidades-administrativas/73
Ley
Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Artículo
73

Artículo 73 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una persona que está haciendo campaña para ser candidata a un puesto de elección popular (como diputado, senador o presidente municipal), o que trabaja en su equipo de campaña, o es líder de un sindicato del gobierno, pide, acepta o recibe dinero, regalos o beneficios a cambio de prometer que, si llega a ser funcionario público, le dará un trato especial o una ventaja a quien le dio esas cosas, eso se considera una falta grave. Esos beneficios pueden ser para la misma persona, para su campaña electoral o para sus familiares o allegados, y están prohibidos por la ley. Además, los directivos y empleados de los sindicatos también pueden ser castigados si cometen este tipo de acciones.

Texto oficial

Artículo 73. Se consideran Faltas de particulares en situación especial, aquéllas realizadas por candidatos a cargos de elección popular, miembros de equipos de campaña electoral o de transición entre administraciones del sector público, y líderes de sindicatos del sector público, que impliquen exigir, solicitar, aceptar, recibir o pretender recibir alguno de los beneficios a que se refiere el artículo 52 de esta Ley, ya sea para sí, para su campaña electoral o para alguna de las personas a las que se refiere el citado artículo, a cambio de otorgar u ofrecer una ventaja indebida en el futuro en caso de obtener el carácter de Servidor Público. A los particulares que se encuentren en situación especial conforme al presente Capítulo, incluidos los directivos y empleados de los sindicatos, podrán ser sancionados cuando incurran en las conductas a que se refiere el Capítulo anterior. Capítulo V De la prescripción de la responsabilidad administrativa

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.