Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/104
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
104

Artículo 104 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la regla que existía antes ya no sirve, que queda oficialmente cancelada y sin efecto. En palabras simples, si había una ley anterior con ese número, ya no la puedes usar ni aplicar. Es como cuando borras un acuerdo o una norma de un golpe: deja de existir para todos.

Texto oficial

Artículo 104.- Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.