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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/103
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
103

Artículo 103 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se deroga significa que este artículo ya no vale, se cancela por completo y ya no se aplica en la práctica. En pocas palabras, queda eliminado de la ley como si nunca hubiera existido. Entonces, ya no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 103.- Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.