Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/103
- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 103
Artículo 103 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Se deroga significa que este artículo ya no vale, se cancela por completo y ya no se aplica en la práctica. En pocas palabras, queda eliminado de la ley como si nunca hubiera existido. Entonces, ya no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 103.- Se deroga
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