Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/102
- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 102
Artículo 102 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 102 simplemente ya no es válido, es decir, dejó de existir legalmente. Cuando una ley dice que un artículo se "deroga", significa que se elimina por completo y ya no se aplica. Así que no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía ese artículo, porque ya no está vigente. Esto se hace para actualizar las leyes y quitar lo que ya no sirve o fue reemplazado.
Texto oficial
Artículo 102.- Se deroga
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.