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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/106
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
106

Artículo 106 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se cancela o elimina una ley o parte de una ley que existía antes. “Derogar” significa quitarle validez a una regla, como cuando borras un permiso o dejas de usar una regla del juego. Entonces, lo que antes estaba vigente ya no sirve a partir de que este artículo entra en vigor. No agrega nuevas reglas, solo quita las anteriores.

Texto oficial

Artículo 106.- Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.