Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/106
- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 106
Artículo 106 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que se cancela o elimina una ley o parte de una ley que existía antes. “Derogar” significa quitarle validez a una regla, como cuando borras un permiso o dejas de usar una regla del juego. Entonces, lo que antes estaba vigente ya no sirve a partir de que este artículo entra en vigor. No agrega nuevas reglas, solo quita las anteriores.
Texto oficial
Artículo 106.- Se deroga
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.