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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/111
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
111

Artículo 111 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 111 ya no sirve, porque fue eliminado oficialmente de la ley. Cuando un artículo se deroga, es como si lo borraran, así que ya no tienes que seguirlo ni te afecta para nada. En otras palabras, esa regla ya no existe y no tienes que preocuparte por ella.

Texto oficial

Artículo 111.-Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.