Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/110
- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 110
Artículo 110 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Ley ya no considera válido el Capítulo V que antes existía. Ese apartado fue eliminado por completo y ya no tiene ningún efecto legal. Básicamente, el artículo 110 solo sirve para decir que esa sección de la ley ya no aplica.
Texto oficial
Artículo 110.-Se deroga Capítulo V Derogado
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.