Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/109
- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 109
Artículo 109 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que se elimina o anula una ley o parte de ella. Cuando una ley se "deroga", significa que ya no tiene validez ni se aplica. Es como si le quitaran la vigencia a esa regla. Por lo tanto, desde que entra en vigor esta modificación, lo que decía el artículo anterior deja de usarse.
Texto oficial
Artículo 109.- Se deroga
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