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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/109
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
109

Artículo 109 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se elimina o anula una ley o parte de ella. Cuando una ley se "deroga", significa que ya no tiene validez ni se aplica. Es como si le quitaran la vigencia a esa regla. Por lo tanto, desde que entra en vigor esta modificación, lo que decía el artículo anterior deja de usarse.

Texto oficial

Artículo 109.-  Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.