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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/138
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
138

Artículo 138 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se elimina o anula una regla que existía antes. Es decir, el Artículo 138 ya no vale, queda sin efecto. Es como si esa ley nunca hubiera existido. No agrega ninguna obligación ni derecho nuevo; solo borra lo que decía.

Texto oficial

Artículo 138.-Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.