- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 145
Artículo 145 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un juez dice que una ley local (de la Ciudad de México) es inconstitucional, el Congreso de la Ciudad tiene 90 días naturales para corregirla. Si no lo hace, la Sala Constitucional puede emitir una declaración oficial que anule esa ley, pero solo si al menos 5 de sus miembros están de acuerdo. En esa declaración se explicará cómo y hasta dónde aplica la anulación. Todo esto no aplica para impuestos o reglas fiscales locales.
Texto oficial
Artículo 145.- Cuando se trate de una acción de inconstitucionalidad y la Sala haya emitido una declaratoria al respecto, transcurrido el plazo de noventa días naturales sin que el Congreso de la Ciudad haya subsanado la inconstitucionalidad, la Sala Constitucional emitirá, siempre que fuere aprobada por una mayoría de cuando menos cinco votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad, en la cual se fijarán sus alcances y condiciones en los términos de esta Ley. Dichas disposiciones no serán aplicables a normas locales de carácter general en materia tributaria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.