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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/84
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
84

Artículo 84 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 84 ya no es válido, porque fue eliminado oficialmente de la ley. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que ya no tiene ningún efecto legal y no se puede aplicar. En pocas palabras, ya no existe para efectos prácticos, así que no debes preocuparte por lo que decía antes.

Texto oficial

Artículo 84.-Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.