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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/85
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
85

Artículo 85 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 85 ya no es válido, se eliminó de la ley. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que ese texto queda sin efecto y ya no se aplica. Es como si lo hubieran borrado del código legal, así que ya no debes preocuparte por lo que decía antes.

Texto oficial

Artículo 85.-Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.