Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/85
- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 85
Artículo 85 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 85 ya no es válido, se eliminó de la ley. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que ese texto queda sin efecto y ya no se aplica. Es como si lo hubieran borrado del código legal, así que ya no debes preocuparte por lo que decía antes.
Texto oficial
Artículo 85.-Se deroga
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.