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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/88
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
88

Artículo 88 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Ley ya no considera válida esa regla que antes existía. Eso significa que ya no tienes que cumplirla ni te pueden exigir que la acates. En pocas palabras, ese artículo fue eliminado de manera oficial y ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 88.-Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.