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Ley
Ley de Salud de la Ciudad De México
Artículo
111

Artículo 111 de la Ley de Salud de la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 111 dice que el gobierno va a apoyar y pagar, por medio de la Secretaría de Educación y otra dependencia, el funcionamiento de escuelas públicas y programas enfocados en investigar y enseñar sobre temas de salud. Entre estos temas están la alimentación, la obesidad, cómo afecta el ambiente a la salud, enfermedades que se contagian, accidentes, VIH-SIDA, equidad de género, salud sexual y reproductiva, y otros. También busca que los resultados de esas investigaciones se den a conocer y se pongan en práctica. En pocas palabras, el gobierno se compromete a invertir en educación e investigación para que todos entendamos mejor cómo cuidar nuestra salud.

Texto oficial

Artículo 111. El Gobierno apoyará y financiará, a través de la Secretaría de Educación en coordinación con la Secretaría, el funcionamiento de establecimientos públicos y el desarrollo de programas específicos destinados a la investigación y educación para la salud, particularmente en materia de educación para la salud, efectos del medio ambiente en la salud, salud pública, alertas sanitarias, nutrición, obesidad, trastornos alimentarios, enfermedades transmisibles, prevención de accidentes, discapacidad, VIH-SIDA, equidad de género, salud sexual y reproductiva, medicinas alternativas y determinantes sociales de la salud-enfermedad, entre otros, así como la difusión y aplicación de sus resultados y descubrimientos. CAPÍTULO XIX PROMOCIÓN DE LA SALUD

Ver texto oficial de la Ley de Salud de la Ciudad De México (pág. 1) ↗

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