- Ley
- Ley de Salud de la Ciudad De México
- Artículo
- 115
Artículo 115 de la Ley de Salud de la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno (la Ciudad) es el encargado de crear y revisar un programa para prevenir y atacar la obesidad, el sobrepeso y los trastornos alimenticios, trabajando junto con empresas, organizaciones y la sociedad. También debe asegurarse de que haya servicios de salud para prevenir y tratar estos problemas, sobre todo en niños y niñas, para que tengan una alimentación que los ayude a crecer bien. Además, tiene que promover hábitos alimenticios saludables mediante campañas en mercados, restaurantes y centros de abasto, y apoyar la investigación sobre el tema. Por último, debe garantizar que toda la información sobre cómo prevenir estos desórdenes llegue a la gente, especialmente a los jóvenes.
Texto oficial
Artículo 115. Corresponde al Gobierno en materia de nutrición, sobrepeso, obesidad y trastornos alimentarios: Diseñar, ejecutar y evaluar, en coordinación con los sectores público, privado y social, el Programa de la Ciudad para la Prevención y Combate de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos de la Conducta Alimentaria; Garantizar, a través de la Secretaría, la disponibilidad de servicios de salud para la prevención y el combate de los desórdenes y trastornos alimentarios; Realizar acciones de coordinación, a fin de promover y vigilar el derecho a la alimentación de las personas, particularmente de las niñas y niños, estableciendo medidas y mecanismos para coadyuvar a que reciban una alimentación nutritiva para su desarrollo integral; Promover amplia y permanentemente la adopción social de hábitos alimenticios y nutricionales correctos, mediante programas específicos que permitan garantizar una cobertura social precisa y focalizada; Motivar y apoyar la participación pública, social y privada en la prevención y combate de los desórdenes y trastornos alimenticios; Garantizar el conocimiento, difusión y acceso a la información de la sociedad, en materia de prevención y combate a los desórdenes y trastornos alimenticios, con especial énfasis en la juventud; Estimular las tareas de investigación y divulgación en la materia; Elaborar y difundir información y recomendaciones de hábitos alimenticios correctos y saludables, a través de un programa que contemple una campaña permanente de difusión en mercados públicos, centros de abasto, restaurantes, establecimientos mercantiles, de venta de alimentos y similares, que será diseñado por la Secretaría en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Económico, sobre los riesgos del sobrepeso y la obesidad, y Las demás que se establezcan en las disposiciones aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.