- Ley
- Ley de Salud de la Ciudad De México
- Artículo
- 126
Artículo 126 de la Ley de Salud de la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La oficina encargada de atender las adicciones en la Ciudad de México tiene varias tareas importantes. Se encarga de coordinar con hospitales, organizaciones y escuelas para crear un plan que prevenga y atienda el consumo de drogas, definiendo qué hacer y cómo hacerlo. También debe organizar campañas de salud, eventos deportivos, culturales y cívicos, sobre todo para jóvenes, mujeres y personas con discapacidad, como parte de la lucha contra las adicciones. Además, otorga permisos para que los centros de rehabilitación funcionen legalmente, los supervisa y publica una lista actualizada de ellos en internet. Por último, se asegura de que todos estos centros ofrezcan servicios parecidos y de buena calidad, y capacita a profesionales para tratar a personas con problemas de consumo.
Texto oficial
Artículo 126. La Unidad Administrativa para la Atención y Prevención de las Adicciones de la Ciudad de México tendrá dentro de sus atribuciones: Coordinar con las instituciones públicas, privadas y sociales, la realización del Programa General para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas que incluya los objetivos, estrategias y líneas de acción prioritarias, para la prevención y atención del consumo de sustancias psicoactivas en la Ciudad; Implementar y ejecutar programas de vinculación con instituciones públicas, privadas y sociales en la materia; Realizar acciones de prevención y emitir los criterios técnicos para la realización de campañas de promoción a la salud en materia de consumo de sustancias psicoactivas en la Ciudad de México; Propiciar actividades cívicas, deportivas y culturales que coadyuven en la política pública contra el consumo de sustancias psicoactivas, preferentemente a menores de edad, jóvenes, mujeres y personas con discapacidad; Otorgar, en coordinación con la Autoridad Sanitaria, el documento que acredite el legal funcionamiento de los Centros de Atención de Adicciones, así como la integración del padrón de los mismos, actualizándolo y difundiéndolo mediante medios electrónicos; Coadyuvar con las autoridades sanitarias federales y locales en la vigilancia y control sanitario de los Centros de Atención de Adicciones; Establecer criterios para la homologación de los servicios de atención en instituciones públicas, privadas y sociales; Llevar a cabo las actividades de monitoreo y supervisión de los Centros de Atención de Adicciones; Participar en la evaluación de las acciones, programas y medidas que se adopten, relativos a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación e integración comunitaria de las personas con uso, abuso y dependencia de sustancias psicoactivas; Fomentar la formación y capacitación de profesionales en temas de consumo de sustancias psicoactivas; Implementar la Estrategia de Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas del Gobierno de la Ciudad de México, mediante los modelos de atención de reducción de riesgos y daños, y Las demás actividades que le correspondan conforme a la presente Ley y otras disposiciones aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.