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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-salud/125
Ley
Ley de Salud de la Ciudad De México
Artículo
125

Artículo 125 de la Ley de Salud de la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a tener una oficina especial que se encargará de ayudar a prevenir y atender las adicciones en la Ciudad de México. Esta oficina va a definir las reglas y los pasos a seguir para que el gobierno, las organizaciones sociales y las empresas privadas trabajen en la prevención del consumo de drogas. También se encargará de supervisar que los servicios que se ofrecen para atender el consumo de sustancias psicoactivas sean los correctos. En resumen, es como un equipo que pone orden y cuida que todo se haga bien en este tema.

Texto oficial

Artículo 125. La Secretaría contará con una Unidad Administrativa para la Atención y Prevención de las Adicciones de la Ciudad de México, encargada de establecer lineamientos y criterios para el desarrollo de las acciones en materia de prevención y atención integral del consumo de sustancias psicoactivas, que lleven a cabo los sectores público, social y privado y vigilar la prestación de servicios en materia de consumo de sustancias psicoactivas.

Ver texto oficial de la Ley de Salud de la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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