Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-salud/186
Ley
Ley de Salud de la Ciudad De México
Artículo
186

Artículo 186 de la Ley de Salud de la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los inspectores de la Agencia de Protección Sanitaria encuentran en una revisión algo que podría ser un delito, no solo te van a castigar con una multa o sanción. Además de eso, tienen la obligación de presentar una denuncia formal ante el Ministerio Público (como la fiscalía). Esto lo hacen basándose en lo que detectaron en el acta de verificación (el documento donde anotan todo lo que vieron en la inspección). En pocas palabras, si cometes una falta grave que pueda ser delito, te pueden meter un proceso penal aparte de la sanción administrativa.

Texto oficial

Artículo 186. Sin perjuicio de la imposición de las sanciones procedentes, cuando del contenido de un acta de verificación se desprenda la posible comisión de uno o varios delitos, la Agencia de Protección Sanitaria formulará la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público. CAPÍTULO VIII RECURSO DE INCONFORMIDAD

Ver texto oficial de la Ley de Salud de la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.