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Ley
Ley de Salud de la Ciudad De México
Artículo
62

Artículo 62 de la Ley de Salud de la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Laboratorio de Salud Pública es el encargado de ayudar a la Secretaría de Salud revisando los riesgos para la salud y vigilando brotes de enfermedades. También hace análisis de laboratorio para respaldar los permisos que se piden para productos y servicios. Sus resultados confiables sirven para que la autoridad emita resoluciones y dictámenes técnicos. Todo esto ayuda a prevenir problemas de salud y a detectar rápido enfermedades nuevas o que reaparecen.

Texto oficial

Artículo 62. El Laboratorio de Salud Pública será la instancia responsable de apoyar las actividades de la Secretaría para el análisis de riesgos sanitarios y la vigilancia epidemiológica; realizar exámenes analíticos que fundamenten las solicitudes de autorización de bienes, productos y servicios; apoyar la emisión de resoluciones y dictámenes técnicos a través de resultados confiables para contribuir en la prevención y protección contra riesgos sanitarios y alerta temprana ante la presencia de enfermedades emergentes.

Ver texto oficial de la Ley de Salud de la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.