- Ley
- Ley de Salud de la Ciudad De México
- Artículo
- 87
Artículo 87 de la Ley de Salud de la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un médico te receta un aparato auditivo porque lo necesitas, el gobierno de la Ciudad te lo debe dar sin costo. No importa si tienes dinero o no, solo requieres la receta médica. Este derecho aplica a cualquier persona que viva en la Ciudad y cumpla con la indicación del doctor. El aparato auditivo que te entreguen debe ser el que el médico haya recetado. Es un beneficio obligatorio, no un favor del gobierno.
Texto oficial
Artículo 87. Todas las personas en la Ciudad que por prescripción médica lo necesiten, tendrán derecho a recibir gratuitamente aparatos auditivos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.