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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-salud/94
Ley
Ley de Salud de la Ciudad De México
Artículo
94

Artículo 94 de la Ley de Salud de la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las personas que vivan en la Ciudad y no tengan seguro médico del IMSS, ISSSTE u otro similar, tienen derecho a recibir atención médica, medicamentos y material de curación totalmente gratis. No importa si eres rico o pobre, te toca el mismo trato. Este derecho funciona según lo que digan las leyes locales, nacionales y el acuerdo que la ciudad tenga con el Insabi (el instituto de salud del gobierno federal). En pocas palabras, si no tienes seguridad social, el sistema de salud público te debe atender sin cobrarte.

Texto oficial

Artículo 94. Todas las personas habitantes de la Ciudad que no cuenten con seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita la prestación de servicios públicos de salud, medicamentos e insumos asociados, sin importar su condición social, en los términos dispuestos por la Constitución Local, la Ley General la presente Ley y el Acuerdo de Coordinación celebrado con el Instituto de Salud para el Bienestar.

Ver texto oficial de la Ley de Salud de la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.