- Ley
- Ley de Salud de la Ciudad De México
- Artículo
- 96
Artículo 96 de la Ley de Salud de la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que te den servicios de salud, medicamentos y otros insumos gratis en la Ciudad de México, necesitas cumplir tres cosas: vivir en la Ciudad de México, no tener seguridad social (como IMSS o ISSSTE), y tener tu CURP. Si no tienes CURP, puedes llevar tu acta de nacimiento u otro documento que digan las reglas.
Texto oficial
Artículo 96. Para ser persona beneficiaria de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a que se refiere el presente capítulo, se deben reunir los requisitos siguientes: Residir en la Ciudad de México; No ser derechohabiente de algún servicio de seguridad social, y Contar con Clave Única de Registro de Población. En caso de no contar con dicha clave, podrá presentar acta de nacimiento, certificado de nacimiento o los documentos que se establezcan en las disposiciones reglamentarias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.