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Ley
Ley de Salud de la Ciudad De México
Artículo
96

Artículo 96 de la Ley de Salud de la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te den servicios de salud, medicamentos y otros insumos gratis en la Ciudad de México, necesitas cumplir tres cosas: vivir en la Ciudad de México, no tener seguridad social (como IMSS o ISSSTE), y tener tu CURP. Si no tienes CURP, puedes llevar tu acta de nacimiento u otro documento que digan las reglas.

Texto oficial

Artículo 96. Para ser persona beneficiaria de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a que se refiere el presente capítulo, se deben reunir los requisitos siguientes: Residir en la Ciudad de México; No ser derechohabiente de algún servicio de seguridad social, y Contar con Clave Única de Registro de Población. En caso de no contar con dicha clave, podrá presentar acta de nacimiento, certificado de nacimiento o los documentos que se establezcan en las disposiciones reglamentarias.

Ver texto oficial de la Ley de Salud de la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.