- Ley
- Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal
- Artículo
- 20
Artículo 20 de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 20 dice que los programas de alimentación del gobierno deben tener reglas claras, como: a quién van dirigidos (como personas en pobreza), qué metas específicas tienen para acabar con la desnutrición, cuánto dinero se necesita para que nadie pase hambre, cómo se van a operar esos programas, y cómo coordinar las reglas entre las distintas delegaciones para que funcionen parejo en todo el país. Todo esto es para asegurarse de que la ayuda llegue bien a quien más la necesita.
Texto oficial
Artículo 20. Los lineamientos para el funcionamiento de los Programas y Subprogramas de Seguridad Alimentaria y Nutricional contendrán: Población Objetivo; Objetivos Concretos para la erradicación de la desnutrición; Monto presupuestario necesario para la erradicación de la pobreza alimentaria; Lineamientos para las Reglas de Operación de los Programas y Subprogramas, y Acciones de coordinación de las Reglas de Operación de los Subprogramas Delegacionales, para su correcta homogenización.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.