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Ley
Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal
Artículo
20

Artículo 20 de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 20 dice que los programas de alimentación del gobierno deben tener reglas claras, como: a quién van dirigidos (como personas en pobreza), qué metas específicas tienen para acabar con la desnutrición, cuánto dinero se necesita para que nadie pase hambre, cómo se van a operar esos programas, y cómo coordinar las reglas entre las distintas delegaciones para que funcionen parejo en todo el país. Todo esto es para asegurarse de que la ayuda llegue bien a quien más la necesita.

Texto oficial

Artículo 20. Los lineamientos para el funcionamiento de los Programas y Subprogramas de Seguridad Alimentaria y Nutricional contendrán: Población Objetivo; Objetivos Concretos para la erradicación de la desnutrición; Monto presupuestario necesario para la erradicación de la pobreza alimentaria; Lineamientos para las Reglas de Operación de los Programas y Subprogramas, y Acciones de coordinación de las Reglas de Operación de los Subprogramas Delegacionales, para su correcta homogenización.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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