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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-seguridad-privada/1
Ley
Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México
Artículo
1

Artículo 1 de la Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley es obligatoria para todos en la Ciudad de México y su objetivo es controlar cómo funcionan las empresas de seguridad privada (como los vigilantes de centros comerciales o fraccionamientos). También regula el equipo, las oficinas y todo lo relacionado con esos servicios, pero solo lo que le toca revisar al Gobierno de la Ciudad. La idea es que estos servicios se presten de manera eficiente, con buena presentación y sin trampas, para que tú como ciudadano estés protegido.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto regular las actividades y prestación de servicios de seguridad privada en todas sus modalidades en la Ciudad de México, así como la infraestructura, equipo e instalaciones inherentes con la misma en el ámbito de competencia del Gobierno de la Ciudad de México, a fin de garantizar que se realicen en las mejores condiciones de eficiencia, imagen y certeza en beneficio de la población. Artículo reformado G.O.C.D.M.X 31/03/25

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad Privada para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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