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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sistema-anticorrupcion/24
Ley
Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México
Artículo
24

Artículo 24 de la Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité de Participación Ciudadana tiene el derecho de pedirle al Comité Coordinador que emita un llamado público cuando haya un caso de corrupción que necesite explicarse frente a todos. Este llamado, llamado "exhorto público", sirve para exigir que las autoridades que investigan el caso entreguen información sobre cómo van atendiendo el problema. En pocas palabras, es un mecanismo para que las autoridades rindan cuentas de manera clara y abierta a la ciudadanía.

Texto oficial

Artículo 24. El Comité de Participación Ciudadana podrá solicitar al Comité Coordinador la emisión de exhortos públicos cuando algún hecho de corrupción requiera de aclaración pública. Los exhortos tendrán por objeto requerir a las autoridades competentes información sobre la atención al asunto de que se trate. Capítulo IV De la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México Sección I De su organización y funcionamiento

Ver texto oficial de la Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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