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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sistema-integral-derechos-humanos/6
Ley
Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, al usar el dinero público para programas y proyectos, en cada paso (desde planear hasta rendir cuentas) se debe poner primero el respeto a los derechos de las personas. O sea, no solo importa gastar bien, sino que todo lo que se haga garantice la dignidad, igualdad y bienestar de la gente. Quiere decir que las autoridades deben tomar decisiones pensando siempre en proteger tus derechos humanos.

Texto oficial

Artículo 6. El enfoque de derechos humanos se incorporará en todas las etapas y escalas de la planeación, programación, presupuestación, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas de todos los recursos públicos destinados a su cumplimiento.

Ver texto oficial de la Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.