Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sistema-planeacion-desarrollo/44
Ley
Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México
Artículo
44

Artículo 44 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Instituto va a crear unas reglas para hacer los planes de desarrollo. Esos planes deben tener por lo menos estos temas: una presentación, las leyes que los apoyan, los problemas que más importan a la gente (identificados junto con la ciudadanía), un análisis de la situación actual y futura, la visión y los objetivos, las estrategias y acciones principales, los proyectos y programas, el dinero que se necesita, las normas para aplicarlos, las metas para medir resultados, y un apartado sobre cómo participarás tú.

Texto oficial

Artículo 44.- Los lineamientos para la formulación de los contenidos de los instrumentos de planeación serán establecidos por el lnstituto y se considerarán al menos los siguientes apartados: Presentación; Fundamentación y alineación; Identificación de problemas públicos prioritarios en conjunto con la ciudadanía; Diagnóstico y prospectiva; Visión, misión y objetivos; Estrategia general y ejes de acción; Políticas, programas, proyectos y acciones; Orientaciones presupuestales; Normas generales e instrumentos de ejecución; Metas e indicadores para el seguimiento y evaluación, y Anexo de Mecanismos de Participación.

Ver texto oficial de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.