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Ley
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México
Artículo
40

Artículo 40 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que trabajan como Comisionadas o Comisionados en este Instituto ocupan el puesto por siete años seguidos y ese tiempo no se puede ampliar ni repetir. Para que el Instituto siempre funcione bien, los cambios de personal se hacen de manera escalonada, es decir, no todos se van al mismo tiempo. Su sueldo se define con base en lo que dice la Constitución de la Ciudad de México. Mientras estén en el cargo, no pueden tener otro trabajo, excepto dar clases, hacer investigación o labores de caridad, siempre y cuando no sean de tiempo completo. Tampoco pueden trabajar para empresas privadas, partidos políticos, ni tener puestos de elección popular o en cualquier nivel de gobierno.

Texto oficial

Artículo 40. Las Comisionadas y Comisionados durarán en su encargo siete años improrrogables, sin posibilidad de reelección, serán sustituidas y sustituidos de forma escalonada para asegurar la operación del Instituto, tendrán las facultades que les confieren la presente Ley, su Reglamento Interior, y demás disposiciones de la materia; sus remuneraciones serán determinadas conforme a lo establecido en la Constitución Política de la Ciudad de México. Su encargo es incompatible con cualquier otro empleo, cargo, comisión o actividad, salvo la beneficencia, la docencia y la investigación académica, siempre y cuando no se atiendan de tiempo completo. Los Comisionados tampoco podrán estar al servicio de organismos, empresas, instituciones privadas o particulares, ocupar cargos de elección popular o directivos en ningún partido político; ni desempeñar cargo alguno en la federación, estados, municipios o la Ciudad de México, mientras dure su encargo.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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