- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 104
Artículo 104 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 104 dice que el Programa de la Cultura de Transparencia y Rendición de Cuentas (que es un plan para que el gobierno sea más claro en sus acciones y gastos) y cualquier cambio que le hagan, deben publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. La Gaceta Oficial es como el periódico oficial donde se publican las leyes y avisos importantes del gobierno de la CDMX. Esto es para que cualquier persona pueda enterarse de cómo se va a promover la transparencia.
Texto oficial
Artículo 104. El Programa de la Cultura de Transparencia y Rendición de Cuentas y, en su caso, las modificaciones al mismo, deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.