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Ley
Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Artículo
104

Artículo 104 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 104 dice que el Programa de la Cultura de Transparencia y Rendición de Cuentas (que es un plan para que el gobierno sea más claro en sus acciones y gastos) y cualquier cambio que le hagan, deben publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. La Gaceta Oficial es como el periódico oficial donde se publican las leyes y avisos importantes del gobierno de la CDMX. Esto es para que cualquier persona pueda enterarse de cómo se va a promover la transparencia.

Texto oficial

Artículo 104. El Programa de la Cultura de Transparencia y Rendición de Cuentas y, en su caso, las modificaciones al mismo, deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.