- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 113
Artículo 113 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esto significa que las oficinas del gobierno y otras instituciones públicas tienen la obligación de hacer pública cierta información sin que nadie se las pida. Esa información incluye cosas como presupuestos, salarios, contratos y resultados de su trabajo, que deben estar disponibles para que cualquiera las consulte. No es opcional: si son "sujetos obligados" (como dependencias, tribunales o universidades públicas), deben cumplir por ley. Así, tú puedes revisar cómo gastan el dinero y si hacen bien su chamba.
Texto oficial
Artículo 113. La información pública de oficio señalada en esta Ley, se considera como obligaciones de transparencia de los sujetos obligados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.